Obligarían a ART a crear un fondo de garantía para afrontar juicios civiles

El proyecto dice que se usará en casos de insuficiencia patrimonial del empleador. También, si el empleado opta por la vía civil la ART deberá a inmovilizar el monto tarifado.

El proyecto que evalúa la Presidencia protege a las empresas que justifiquen no poder afrontar los juicios civiles en su contra, y extiende la responsabilidad de las ART, que deberán pagar siempre.

La nueva ley de riesgos del trabajo que enviará el Gobierno al Congreso promete llevar alivio a los empresarios, en particular a los pequeños y medianos, temerosos de una ola de quiebras por el crecimiento de los juicios civiles.

Es que el último proyecto elaborado por el Ministerio de Trabajo, al que tuvo acceso Infobae, prevé la creación de un fondo destinado a cubrir los pagos que los empleadores no puedan afrontar por â??insuficiencia patrimonialâ??. Y también dispondrá que sea excluyente la opción de iniciar demandas de la de cobrar el seguro tarifado de las ART.

Las aseguradoras, en cambio, estarán obligadas a depositar el monto del seguro cualquiera sea la opción del trabajador, y el dinero se utilizará como parte de pago en los juicios, terminen a favor o en contra de los damnificados. De este modo, se intentará complacer a los empresarios que alegaron que los proyectos de ley libraban de responsabilidad a las ART en la vía judicial.

El texto del borrador fue enviado por Trabajo a la Presidencia, donde quedó a cargo del secretario de Legal y Técnica, Carlos Zannini. El funcionario, a su vez, hizo en los últimos días algunas consultas en sectores empresarios como la Unión Industrial Argentina (UIA).

Entre otras novedades, el último proyecto establece la creación de una Subsecretaría de Prevención, Salud y Seguridad Laboral en el ámbito del Ministerio de Trabajo, y de los denominados Tribunales Administrativos Periciales en todo el país para resolver posibles controversias.

Pero se da por hecho que los empresarios pondrán como eje de sus quejas la creación de los Comités Mixtos de Prevención, con la participación de los trabajadores, y el mantenimiento de la responsabilidad por los accidentes laborales en el trayecto entre el domicilio del empleado y su lugar de trabajo (conocidos como in itínere).

Una de las claves es el artículo 71, que prevé un salvataje a las empresas más desprotegidas ante eventuales juicios. El texto establece que en caso de â??insuficiencia patrimonial del empleadorâ??, declarada judicialmente, â??las prestaciones serán abonadas o contratadas por la SRT (Superintendencia de Riesgos del Trabajo) con los recursos del Fondo de Garantíaâ??, que se creará con dinero del propio sistema.

También se creará un Fondo de Reserva que se utilizará en caso de liquidación de una ART. Ambas cajas serán administradas por la SRT, y sus recursos serán inembargables y no formarán parte del Presupuesto nacional.

Otro aspecto que disparará fuertes debates será la ampliación de responsabilidades de las ART. De acuerdo al artículo 62 del proyecto, se establece que una vez iniciada la vía judicial, la aseguradora â??que hubiera reconocido la contingencia deberá poner a disposición del Fondo de Reserva (…) las sumas que habría debido abonar en concepto de prestaciones dinerarias y el valor de las prestaciones en especie pendientesâ??.

En caso de prosperar la demanda, â??las sumas puestas a disposición del Fondo de Reserva deberán ser transferidas a la orden del juzgado interviniente para cancelar las obligaciones del empleador que surgieran de la condena, hasta el límite de la responsabilidad de la ARTâ??. Pero agrega que si es rechazada la demanda, el monto será transferido al Fondo de Garantía.

En cuanto a la instancia de opción del trabajador por una vía o la otra, se establece que sólo podrá ejercerla â??luego de que el Tribunal Administrativo Local homologue o determine el porcentajeâ?? de incapacidad generado por el accidente.

En tanto, el Gobierno desoyó el pedido de los empresarios de centralizar los juicios. Las críticas apuntaron a que las diferencias de criterio entre las jurisdicciones legales, generó en las sentencias montos indemnizatorios muy dispares ante accidentes similares. En ese sentido, el borrador del proyecto establece que en los juicios â??la competencia será determinada por el ordenamiento procesal de la jurisdicción que correspondaâ??.

Los fallos destacados

Caso Gorosito
Inicialmente la Corte convalidó el sistema pero discrepó en cuanto a los montos reparatorios de la ley y permitió que la víctima del accidente mantenga el derecho a la reparación integral.

Aquino
Fue uno de los más relevantes al disparar la crisis del sistema actual. Declaró inconstitucional el artículo 39 de la Ley de Riesgos del Trabajo que vedaba la posibilidad de que el trabajador inicie una demanda por la vía civil. Hasta ese momento la ley fijaba que el empleado sólo accediera a la reparación de la ART.

PUNTOS CLAVE DEL PROYECTO QUE ASPIRA A TAPAR BACHES

Desde que el sistema se resquebrajó por los fallos de la Corte crecieron los juicios. Puntos principales de un proyecto que el Gobierno intentará que no sea tachado de inconstitucional.

La construcción es uno de los sectores más expuestos a los accidentes de trabajo La normativa cuyos detalles afina el Gobierno intentará cubrir el bache legal que dejó, a partir de septiembre de 2004, una serie de fallos de la Corte Suprema de Justicia que tacharon de inconstitucional el régimen vigente sobre accidentes laborales.

Desde entonces se multiplicaron los juicios, aunque también debe tenerse en cuenta que el incremento se dio a la par de la incipiente recuperación de la industria.

El Gobierno encaró en ese momento la tarea de reformar el sistema al ministro de Trabajo, Carlos Tomada, quien elaboró un primer borrador rechazado de plano por el sector empresario.

Mientras, los empleadores, reunidos en el Grupo de los 7, comenzaron a idear su propia modificación al sistema. También hicieron lo propio los dirigentes de la CGT.

Pero en ambos casos siempre con la vista puesta en el demorado proyecto del Ejecutivo, que incluso generó un enfrentamiento entre Tomada y el ex ministro de Economía, Roberto Lavagna, quien llegó a anunciar el inminente envío de su iniciativa al Congreso.

Pero tras la renuncia de Lavagna, el proyecto volvió a la órbita de Trabajo, desde donde salió el último borrador al que tuvo acceso Infobae.

Algunos de los aspectos centrales de la iniciativa son los siguientes:

– La creación de los fondos de Garantía (para salvataje de las Pyme) y de Reserva (en caso de liquidación de una ART) con recursos del sistema.
– El derecho a recibir las prestaciones del nuevo sistema comienza a partir de la denuncia del accidente y en ningún caso tendrá efectos retroactivos.
– Durante el período de recuperación de un accidente, el trabajador que haya sufrido una incapacidad laboral temporaria percibirá su salario. Los diez primeros días lo pagará el empleador, y luego la ART.
– Mientras perciba las prestaciones por incapacidad el empleado no podrá ser despedido, y en caso contrario el patrón deberá abonar, además de las indemnizaciones corrientes, una adicional equivalente a un año de remuneraciones.
– La percepción de prestaciones dinerarias por incapacidad laboral permanente será compatible con el desempeño de actividades remuneradas por cuenta propia o en relación de dependencia.
– Los Tribunales Periciales Administrativos, de jurisdicción local y regional, serán integrados por un abogado y tres médicos, y tendrán a su cargo homologar acuerdos y dirimir las controversias que se planteen» entre trabajadores y empleadores o ART, en cuanto al carácter y grado de la incapacidad; el contenido de las prestaciones en especie, y el carácter laboral del accidente.
Funcionará un tribunal local en cada ciudad con menos de 120.000 habitantes, y habrá tribunales regionales en Capital Federal y Conurbano bonaerense; Región Centro (Córdoba); Región Noroeste (San Miguel de Tucumán); Región Noreste (Resistencia); Región Sur (Bahía Blanca), y Región Patagónica (Río Gallegos).
– Se dará la opción a los empleadores de autoasegurarse o constituir sociedades de seguros mutuos. La chance correrá también para el Estado nacional, y para las provincias y sus municipios.
– Las empresas que cedan a otras el establecimiento habilitado a su nombre, deberán exigir a sus contratistas el cumplimiento de las obligaciones impuestas por la nueva normativa, a riesgo de ser consideradas solidariamente responsables por incumplimientos.

MARIANO MARTÃ?N (MMARTIN@INFOBAE.COM)
© Infobae Diario

Fuente: www.infobaeprofesional.com

Nueva de ley de ART: se duplicará el pago por accidentes laborales

El proyecto tiene el aval empresarial para: elevar indemnizaciones por accidentes y evitar juicios civiles; ampliar la lista vigente de enfermedades indemnizables; obligar a las aseguradoras a crear un fondo para cubrir empresas insolventes; pagar a las ART 3,6% mensual de su masa salarial.

El objetivo del aumento en las reparaciones que cobrarán los siniestrados busca desmotivar el inicio de demandas en el fuero civil. Eleva las indemnizaciones a valores similares que ha dictado hasta ahora la Justicia.

Si bien estas modificaciones incrementan los costos de la cobertura, el último borrador del proyecto de ley de Riesgos del Trabajo elaborado por la cartera laboral cuenta, en general, con el aval del sector privado.

Los cálculos realizados a la fecha indican que los cambios aumentarán los costos de la prima del servicio del 2,66% promedio actual (sobre el haber bruto) al 3,50 ó 3,60%. Es decir, un punto más de lo que hoy pagan las empresas por el seguro de accidentes que cubre a los trabajadores.

Según expertos del sector, el esquema que se diseña en la nueva ley establece que ante un siniestro, si la ART acepta que se trata de un accidente de trabajo, paga el monto tarifado al trabajador. Si el accidentado opta por recurrir a la Justicia, la ART deberá transferir el mismo monto al Fondo de Garantía.

Si se recurre a la vía civil pueden ocurrir tres escenarios:

El menos probable: que la Justicia dicte que no se trata de un accidente laboral en cuyo caso la indemnización pasa a formar parte de ese fondo.
La más factible: que la Justicia termine fallando a favor del accidentado. En este caso, el monto derivado por la ART al Fondo pasa a formar parte de la reparación civil. Sin embargo, los analistas advierten que el incremento de las indemnizaciones está en línea con los resarcimientos fijados en los últimos meses por la Justicia, â??con lo cual el accidentado habrá esperado el tiempo procesal para terminar cobrando lo mismo que si hubiera aceptado la reparación de la ARTâ??.
El que afectará al empresario: si la Justicia determina una reparación mayor a la tarifada por el sistema, la ART paga según lo fijado en la ley y el resto deberá ser aportado por el empleador. â??El siniestrado habrá esperado mucho tiempo para terminar cobrando apenas un poco más que en el marco de la ley de ARTâ??, agregó la fuente.

Final para la doble vía

â??La iniciativa da certidumbre al conflicto creciente de litigiosidad que se abrió tras los fallos de la Justicia, descomprime el riesgo sobre las Pyme con insuficiencia patrimonial para afrontar las demandas con la creación del Fondo de Garantía y aumenta las reparaciones para el accidentadoâ??, señaló una fuente sectorial para referirse a las virtudes del último boceto de proyecto que elaboró el Gobierno.

Con esta iniciativa se le estaría dando fin al aumento de la litigiosidad que se dio en los últimos dos años.
De hecho, cálculos actuariales de la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo, encargados al especialista Daniel Marcú, muestran el incremento que debería sufrir la prima del sistema en caso de mantenerse el actual escenario de litigiosidad.

Entre los escenarios probables para el 2006, de no sancionarse una reforma en la ley, la prima podría tener un costo base de 2,75%, es decir, un nivel cercano al actual fijado en 2,66%, hasta un 4,60% en el peor de los escenarios. Las proyecciones que manejan las empresas sobre la base de la evolución de las demandas iniciadas en los tres primeros meses del año (1.910 casos) mostrarían un crecimiento de los reclamos judiciales de casi el 55% respecto del año anterior.

Según los casos denunciados en los últimos años, la litigiosidad muestra un crecimiento desde el 2.003 cuando llegaron a 2.947 casos para pasar a 3.878 reclamos en el 2.004, unas 6.857 denuncias en el 2005 y se especula que de mantenerse el sistema actual se llegarían a las 12.500 denuncias a lo largo de este año.

LAURA LUZ OJEDA (LOJEDA@INFOBAE.COM)
© Infobae Diario

Fuente: www.infobaeprofesional.com

Dos operarios ferroviarios murieron arrollados por un tren

El accidente ocurrió en la estación de José C. Paz. La formación se dirigía a la terminal Retiro.

Dos operarios ferroviarios murieron hoy en la ciudad bonaerense de José C. Paz al ser arrollados por un tren que se dirigía hacia Retiro, informaron fuentes policiales.

Los voceros explicaron que el accidente ocurrió sobre las vías de la ex línea San Martín, a la altura de la calle Pueyrredón, y que las víctimas se desempeñaban como «patrulleros de vías».

Interviene en el caso la UFI 4 del Departamento Judicial San Martín, que investiga las causas del accidente.

Fuente: www.infobae.com

Evacuan a varias familias por un nuevo derrame tóxico en Esteban Echevarría

Ocurrió esta mañana en una fábrica ubicada en el barrio 9 de Abril, cuando operarios trasvasaban ácido muriático y parte del material cayó en la vía pública. Este accidente se registró a 200 metros del derrame ocurrido el miércoles a la madrugada.

Varias familias fueron evacuadas esta mañana en el barrio 9 de abril, en el partido bonaerense de Esteban Echeverría, debido a un derrame de ácido muriático en una fábrica de la zona, informaron fuentes policiales y de Bomberos.

El hecho ocurrió en la intersección de Elizalde y Maipú, de esa localidad bonaerense, donde operarios trasvasaban ácido muriático y parte del material tóxico cayó en la vía pública.

Fuentes de Bomberos informaron que varias familias que habitan viviendas cercanas a la fábrica fueron evacuadas de la zona y precisaron que este episodio se registró a 200 metros del derrame ocurrido el miércoles a la madrugada.

Fuente: Diario Clarin

Dos personas murieron en una estancia por monóxido de carbono

En una habitación herméticamente cerrada de Carlos Casares encontraron a las víctimas que se habrían intoxicado por el escape tóxico de una salamandra.

Dos hombres fueron encontrados muertos esta madrugada, intoxicados con monóxido de carbono, en una vivienda de una estancia del partido bonaerense de Carlos Casares.

Un jefe policial informó que las víctimas fueron halladas en los primeros minutos de hoy en una estancia, ubicada a unos 12 kilómetros de la ciudad de Carlos Casares, por efectivos de la Policía Rural.

La policía identificó a las víctimas como Enrique Raúl Banno, de 58 años, y Francisco Pablo Banno, de 19.

Los policías rurales que auxiliaron a las víctimas comprobaron que la casa tenía las puertas y ventanas herméticamente cerradas.

Según las primeras investigaciones, el escape tóxico se habría originado en una salamandra hallada en la cocina.

Fuente: www.infobae.com

Obrero santafesino murió electrocutado en planta cerealera

El joven de 26 años falleció de un paro cardiorrespiratorio tras recibir una descarga eléctrica de un cable eléctrico que pasa por un terreno que hizo contacto con un metal.

Un joven obrero murió electrocutado cuando descargaba con una grúa estructuras metálicas de un camión, en la localidad santafesina de San Vicente.

Diego Juan Alegre, de 26 años, oriundo de la localidad bonaerense de Colón, recibió una descarga eléctrica de un cable aéreo de alta tensión que pasan por el terreno de la planta cerealera que hizo contacto con elementos de metal.

La víctima fue trasladada de emergencia al SAMCo de San Vicente, donde falleció a causa de un paro cardiorrespiratorio momentos más tarde. En el hecho, tomaron intervención la policía y la justicia competente.

Fuente: www.infobae.com