Multan a empresas implicadas en accidente de descarga eléctrica en Quinta Normal

Servicio fiscalizador detectó variadas irregularidades en seguridad. El accidente dejó grave a un trabajador contratista y con heridas de diversa consideración a su hermano.

La Dirección del Trabajo aplicó multas por 7 millones 914 mil pesos a las dos empresas responsables del accidente en Quinta Normal, que dejó gravemente heridos a dos trabajadores que recibieron una descarga eléctrica cuando efectuaban trabajos en altura.

Los dos heridos son José Zúñiga Domínguez, que es el que se encuentra en estado de gravedad en la Clínica Las Condes, y César Zúñiga Domínguez, con heridas leves e internado en el hospital de la Mutual de Seguridad.

La directora del Trabajo, María Cecilia Sánchez, afirmó que ambos trabajadores “carecían de las medidas mínimas de seguridad para efectuar sus labores”.

En este caso la responsabilidad mayor recae en la empresa principal para la cual se ejecutaban las obras, pues en materia de higiene y seguridad ella tiene una responsabilidad solidaria con la empresa menor y sus trabajadores.

María Cecilia Sánchez remarcó que “las empresas principales son solidariamente responsables, porque en higiene y seguridad, cuando hay subcontratados, no sólo es responsable el empleador directo, sino que también el principal y, en este caso, se aplicaron multas por no proteger la vida de los trabajadores subcontratados y vigilar su trabajo”.

Concretamente, la Dirección del Trabajo aplicará multas por 100 UTM (3 millones 957 mil pesos) a la empresa Cosmética Nacional S.A., por no tomar todas las medidas necesarias para preservar la vida y salud de los trabajadores (60 UTM) ni contar con reglamento interno para empresas contratistas (40 UTM).

Asimismo, la firma contratista Arquitectura y Construcción Leonardo Enrique Cañete E.I.R.L., será multada con otras 100 UTM (3 millones 937 mil pesos) por no informar en forma inmediata el accidente (50 UTM), no contar con procedimiento de trabajo seguro en altura (10 UTM), no entrega de elementos de protección personal (10 UTM), andamio fuera de la norma al no contar con rodapiés (10 UTM), no capacitar al personal (10 UTM) y no supervisar las labores del trabajador accidentado (10 UTM).

Las multas aplicadas a la contratista son las permitidas por la ley por tratarse de una empresa mipyme.

El año pasado 844 trabajadores sufrieron caídas desde altura, de los cuales 50 murieron.

A julio de este año 2012 las caídas de altura son 445, de las cuales 26 fueron fatales.

El sector construcción es uno de los más afectados por accidentes. El año 2011 tuvo una tasa de accidentabilidad del 5,8 por ciento y una tasa de mortalidad de 8,8 por cada cien mil trabajadores.

Fuente: www.lasegunda.com

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