Cuatro procesados por el derrumbe de un shopping

Son tres arquitectos y un ingeniero. Tenían a su cargo el control de las estructuras para la remodelación. El accidente ocurrió en febrero de 2005 en Rosario.

La Justicia dictó el procesamiento por el delito de lesiones culposas de cuatro arquitectos que tenían a su cargo el control técnico de las estructuras montadas para realizar las obras de remodelación del Shopping Paseo del Siglo, que en febrero de 2005 se desplomaron imprevistamente sobre la planta baja del centro comercial con el saldo de cuatro mujeres heridas.

En una extensa resolución – donde abundó la testimonial de los imputados, las víctimas, testigos ocasionales, trabajadores y funcionarios municipales, más una completa pericia técnica -, el juzgado de Instrucción Nº 9, a cargo de Carlos Carbone, concluyó que se reunieron las pruebas necesarias para imputarles a los profesionales el delito de «lesiones culposas», por su impericia al frente de la obra.

Por casualidad, ese día no ocurrió una catástrofe mayor, por la hora en que ocurrió el siniestro, a las 14.30, y el gran flujo de personas que transitan por la galería comercial, ubicada en Córdoba 1640, y con salidas por Roca y Rioja. El derrumbe de la estructura tubular que sostenía a los obreros y al escombro quitado de las paredes, se acumuló de tal manera que generó un peso mayor al que podían soportar los andamios, que cedieron y arrastraron todo a su paso – hierro, madera, concreto – hasta caer a la planta baja.

Más tarde se conocería la identidad de quienes vivieron momentos de desesperación: Claudia Rodríguez, Claudia Máxima Abrahan, Florencia Espósito, y Valeria Bauzas, las cuatro mujeres heridas.

Lo cierto es que Carbone se abocó a la investigación del hecho y acumuló las pruebas suficientes para determinar quiénes fueron los responsables de contratar, montar, ejecutar y custodiar técnicamente todos los aspectos de la obra, así como la estructura colapsada en el ala norte de la galería de compras. Se trata de tres arquitectos y un ingeniero civil (el juez prefirió mantener en reserva sus identidades) que tuvieron injerencia en distintos aspectos – como la fiscalización, higiene y seguridad de las obras, y los cálculos de resistencia de la estructura para ese caso -, por el que se resolvió su procesamiento.

Para el magistrado, la conducta de los arquitectos fue «haber realizado tareas como encargados de obra, con imprudencia o negligencia, y/o impericia en el ejercicio de su profesión, y/o incumplimiento de los reglamentos o deberes a su cargo, al efectuarse un cálculo incorrecto de la resistencia de la estructura, o no usarla para los fines para los que fue erigida, o no dar instrucciones o vigilar que los obreros a su cargo lo hicieran de una manera correcta». Y la del ingeniero (de la empresa Ribron Estructuras Tubulares) «haber aportado una estructura no apta para las tareas que se debían realizar, lo que provocara el derrumbe», tal cual dice la resolución.

El colapso

La pericia técnica estableció que la plataforma que colapsó cubría la superficie a demoler y permitía la circulación y acceso del personal que estaba realizando esa tarea. La estructura «era de trabajo», dice el informe, y aclara que por sus características y por el uso dado hasta el momento del derrumbe, desde el punto de vista estructural «no cumplió con las condiciones requeridas».

La pericia indica que había unos 14 mil kilos de escombros acumulados sobre las tarimas al momento de caer, resalta que el motivo preciso del derrumbe es incierto y menciona diversas fallas, como falta de ajuste, rotura de uniones, imperfección de material o defecto de armado, entre otras.

De lo obrado en el expediente, finalmente Carbone pudo delimitar ciertas funciones específicas de las firmas abocadas a las reformas. Un estudio de arquitectura conformado por dos de los profesionales realizaba el proyecto y dirección de la obra. Esta firma «debió prever la posibilidad de riesgo y anticiparse, tomando los recaudos necesarios, tales como realizar los cálculos o contratar personal idóneo a tales fines», indica el escrito del juez. Lo mismo le cabe a la firma CEO Construcciones, contratada para realizar la demolición de la estructura de hormigón.

En cuanto a Ribron Estructuras Tubulares «tiene responsabilidad por impericia al construir la estructura tubular desmoronada».

Así, Carbone determinó que la conducta de los cuatro profesionales imputados «produjo un resultado dañoso, que fue las lesiones sufridas por las cuatro mujeres heridas» y dictó su procesamiento.

Fuente: Diario La Capital

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