«El pueblo envenenado»: cuando el terror y el duelo se adueñó de una apacible comarca italiana

Sucedió hace 41 años: una enorme nube de veneno dejó muertos, heridos, quemados e intoxicados, pero no logró que que los parroquianos del bar abandonaran la picada y la tele. El relato periodístico, en primera persona

La experiencia de un periodista en las calles de una ciudad que golpeada por el desastre ecológico seguía como si nada hubiese ocurrido

El 9 de julio del 76, a las 12.37 del mediodía, una explosión en la fábrica de químicos ICMESA tendió un manto de veneno mortal sobre el municipio de Seveso, a 25 kilómetros del norte de Milán, entonces de apenas diez mil almas. La enorme nube tóxica obligó a una estampida no sólo de sus empleados y obreros: de más de la mitad de sus habitantes.

Ese mismo día, lejos de celebrar la independencia, partí a Roma, hice transbordo hacia una Milán desierta (pronto empezaba el ferragosto, el abrasador verano itálico, y el éxodo de los milaneses era casi total), me alojé en el antiguo Grande Hotel Delle Palme, digno de un film de Luchino Visconti, ese irrepetible esteta, y al otro día tomé un tren, también desierto, con destino al lugar del desastre. Ver más

Tragedia en Guaymallén: murió un niño de un año atropellado por un autoelevador

Al parecer la víctima se soltó de los brazos de la madre y corrió hacia donde estaba el vehículo, que andaba en ese momento en reversa.

Un trágico hecho se produjo este mediodía en una fábrica de salsas de Guaymallén. Un niño de tan sólo un año y ocho meses murió luego de ser atropellado por un autoelevador Sampi. El suceso ocurrió a las 12.30 en la empresa Tuxedo, ubicada en calle Mitre de La Primavera. Ver más

Gran Rosario: la UNR detectó graves fallas de seguridad en la construcción

Un estudio de la Universidad Nacional de Rosario (UNR) arrojó que sólo el 4 por ciento de las pequeñas construcciones en localidades aledañas contaron medidas de prevención para evitar caídas. Los docentes advirtieron sobre la informalidad de la actividad y los peligros para los trabajadores. Sólo el 7 por ciento de los obreros usaba casco al momento del relevamiento.

La Facultad de Arquitectura y Diseño de la Universidad Nacional de Rosario (UNR) elaboró un informe llamado “Relevamiento y análisis de las condiciones de salud y seguridad en obras de pequeña y mediana escala en el área de Rosario”, con el fin de crear una herramienta para el diagnóstico y el diseño de modelos de gestión en la prevención. Se estudiaron obras en Alvear, Pérez, Granadero Baigorria, Villa Gobernador Gálvez, Pueblo Esther, Soldini, Zavalla y Roldán. Ayudados por estudiantes y divididos en quince grupos enviados a cada localidad, salieron a tomar los datos de las condiciones de higiene y seguridad en las construcciones. El resultado no fue el mejor. La mayoría no cumplía con las condiciones de seguridad mínimas para evitar accidentes de trabajo. Ver más

Análisis del Artículo 187. Emergencias. Protección Contra Incendios. Decreto 351/79 Reglamento de Higiene y Seguridad en el Trabajo

El tema emergencias en la normativa citada, así como en el resto de la legislación en materia de Higiene y Seguridad en el Trabajo, brilla por su ausencia, salvo alguna que otro texto suelto como el artículo 187 que pasaremos a analizar.

Artículo 187. — El empleador tendrá la responsabilidad de formar unidades entrenadas en la lucha contra el fuego…

Análisis: Es una obligación, y no un logro o beneficio social empresarial, que el empleador disponga de su propia Brigada de Emergencias. En realidad el artículo habla de fuego como si fuera la única emergencia que pudiera tener una empresa. Después de casi 40 años, ya entendimos que una empresa puede tener otras emergencias no asociadas necesariamente a la problemática del fuego, y por lo tanto la «unidad» debe estar preparada para todas ellas.
Esta exigencia también tiene su justificación teórica. Una empresa o empleador se beneficia con los peligros que adopta para producir con ellos bienes o servicios. Es su obligación legal y moral, hacerse cargo y estar preparado para enfrentar a los posibles daños que un peligro fuera de control pudiera ocasionar. Las brigadas públicas, llámense éstas bomberos voluntarios o del estado, están obviamente para colaborar, pero su función principal es atender a la problemática de la población civil. Además, las Brigadas Públicas no siempre están preparadas y tienen recursos suficientes para afrontar la problemática dentro de una empresa, en especial las de alto riesgo. Ver más

Análisis del Artículo 181/182/183/184/185/186. Sistema de Protección Contra Incendios. Decreto 351/79 Reglamento de Higiene y Seguridad en el Trabajo

Artículo 181. — Corresponderá al empleador incrementar la dotación de equipos manuales, cuando la magnitud del riesgo lo haga necesario, adicionando equipos de mayor capacidad según la clase de fuego, como ser motobombas, equipos semifijos y otros similares.

Artículo 182. — Corresponderá al empleador la responsabilidad de adoptar un sistema fijo contra incendios, con agente extintor que corresponda a la clase de fuego involucrada en función del riesgo a proteger.

Análisis: Estos son los típicos artículos donde el estado delega en el empleador toda la responsabilidad de auto-determinar que necesita, sin ni siquiera aportar una sola referencia o dato. Ver más

Análisis del Artículo 173/174/175. Inciso 5, 6 y 7 Anexo VII. Condiciones de Situación, Construcción y Extinción. Protección Contra Incendios. Decreto 351/79 Reglamento de Higiene y Seguridad en el Trabajo

Los artículos 173, 174 y 175 no dicen nada en especial más allá de definir qué significan las condiciones de situación (artículo 173), las de construcción (artículo 174) y de extinción (artículo 175). En los tres casos, las condiciones se establecen en los inciso 5, 6 y 7 del Anexo VII al que se suma el Cuadro de Protección Contra Incendios.

Artículo 173. — Las condiciones de situación, que constituyen requerimientos específicos de emplazamiento y acceso a los edificios, conforme a las características del riesgo de los mismos, se cumplimentarán según lo establecido en el Anexo VII. Ver más