La actual normativa sólo contemplaba los siniestros que ocurrían durante el viaje entre el trabajo y la casa. La nueva ley abarca a los accidentes entre los trabajos que no corresponda al mismo empleador. Por otra parte un diputado chileno presentó un proyecto para que los nombres y fotos de personas imputadas no sean dados a conocer mientras no sean declarados culpables.
Categoría: Judiciales
Los peligros de tener un calefón en el baño
La Cámara del Crimen revocó el sobreseimiento de dos mujeres, acusadas de ser responsables de la muerte de un menor que se intoxicó mientras se bañaba en el departamento de una vecina. La dueña del departamento y su hija habrían sido alertadas por la inquilina sobre la incorrecta ubicación del artefacto. A pesar del peligro, ambas imputadas dejaron que el artefacto siguiera funcionando en el baño.
El mobbing llegó a Entre Ríos
La Legislatura provincial aprobó una ley a favor de los trabajadores estatales y privados. Define como violencia laboral a cualquier ataque contra la integridad moral, física, sexual, psicológica o social. Prevé multas de entre 10 y 50 sueldos. Ante una denuncia la Dirección Provincial del Trabajo convocará a una audiencia entre las partes y luego tendrá un plazo de 48 horas para resolver.
Otro sí a la reparación civil en un accidente de trabajo
La Cámara Nacional del Trabajo aplicó las normas reparatorias del derecho común al considerar que la indemnización prevista por la Ley de Riesgos del Trabajo es inconstitucional al significar un desmedro discriminatorio en sus derechos constitucionales.
Fuente: www.diariojudicial.com
La indemnización del derecho común en el fuero laboral
La Cámara Nacional del Trabajo revocó la sentencia de primera instancia al considerar que procedía la responsabilidad establecida en el artículo 1113 C.C. del dueño o guardián de la cosa aún cuando la A.R.T. ya había desembolsado una suma por el accidente. Además, el tribunal propone una fórmula para el cálculo de la reparación por el derecho común.
Prescribió la causa por el incendio de la discoteca Kheyvis
El dueño de la discoteca donde murieron 17 jóvenes en el trágico incendio de 1993 sólo fue condenado a dos años de cárcel por â??falsificación de instrumento públicoâ??. La acción penal por «homicidios culposos y lesiones culposas» quedó prescripta.
El juez de Transición número 2 de San isidro, Eduardo Lavenia resolvió condenar a Francisco Osvaldo de Jesús a 2 años de prisión, pero por el delito de «falsificación ideológica de instrumento públicoâ??.
La determinación se basa en las irregularidades detectadas en la disco, entre ellas, que el techo no era de losa, que habÃa 3 matafuegos en lugar de los 5 denunciados y que las ventanas estaban abiertas, cuando se comprobó lo contrario.
El juez, declaró prescripta la acción penal contra De Jesús por â??los delitos de homicidios culposos y lesiones culposas por omisión y con pluralidad de vÃctimasâ??.
El 20 de diciembre de 1993 ocurrió el incendio en el local bailable de la localidad de Olivos, partido bonaerense de Vicente López, donde murieron 17 personas.