Trabajo seguro, trabajo digno

La Cámara Laboral ordenó a un frigorífico a que indemnice a un trabajador por las condiciones de “precariedad” que debiera afrontar mientras trabajaba y que derivaran en un accidente que lo dejó paralítico.

La sala VII de la Cámara Laboral, integrada por Juan Carlos Morando, Estela Milagros Ferreirós y Gregorio Corach, condenó a un frigorífico a indemnizar a un empleado que mientras realizaba tareas de pintura tuvo un accidente que lo dejo paralítico.

Se trata de la causa “PRD c/ Frigorífico Los Ángeles S.R.L. y otros s/ Accidente – Ley Especial», que se inició luego de que el trabajador sufriera un accidente mientras se desempeñaba como operario del frigorífico.

Según la denuncia presentada por el empleado, fue enviado a realizar tareas de pintura en un tanque de agua “sin elementos de seguridad ni capacitación” y “en momentos en que cumplía dichas tareas cayó al vacío, lo que le provocó pérdida de conciencia”. A raíz del accidente quedó con secuelas irreversibles como “la pérdida de la movilidad de su cuerpo desde la cintura para abajo, lo que le imposibilita caminar”.

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Por lenta, ahora le sale más caro a la A.R.T.

La Justicia Comercial ratificó la multa impuesta a una A.R.T. por incumplir con sus deberes asistenciales en forma inmediata. Las facultades sancionatorias de la Superintendencia fueron ratificadas y la aseguradora tendrá que afrontar una sanción pecuniaria considerable.

La Cámara Comercial confirmó la multa impuesta a una Aseguradora de Riesgos del Trabajo por las demoras en otorgar las prestaciones asistenciales requeridas por un trabajador que sufrió un accidente laboral. El Tribunal desestimó la defensa de prescripción y ratificó las facultades de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo para imponer penalidades pecuniarias a las entidades infractoras.

En 2010 la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (S.R.T.), impuso una multa a Mapfre A.R.T. mediante una resolución administrativa. La sanción fue producto de las infracciones cometidas por la Asegurado de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) a la legislación y en relación con el siniestro sufrido por un trabajador.

La A.R.T. incumplió las obligaciones que le impone la Ley 24.557, de Riesgos del Trabajo. La empresa otorgó en forma tardía las prestaciones de fisioterapia y kinesiología requeridas por el trabajador que sufrió un siniestro laboral. También omitió dar una respuesta oportuna ante los requerimientos de información efectuados por el Departamento de Control de Prestaciones en Especie de la S.R.T.

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La delgada línea entre el vínculo asociativo y el laboral

La Cámara Laboral condenó a una cooperativa de trabajo a indemnizar a un trabajador por despido ya que consideró que “fue encubierta una relación laboral bajo la apariencia de una relación asociativa”.

La Sala I de la Cámara Laboral, integrada por Gabriela Vázquez y Julio Vilela, revocó una sentencia de grado e hizo lugar al reclamo de un trabajador con respecto a una cooperativa de trabajo considerando que el vínculo entre estos era “laboral” y no “asociativo”.

Se trata de la causa “Mennella Rodolfo Luis c/ Cooperativa de Trabajo Fast LTDA y otro s/ despido” en la que una persona trabajaba en una cooperativa dedicada a brindar servicios de vigilancia privada. Tras romperse el vínculo que lo unía con la cooperativa inicio acciones en busca de que se reconozca “la naturaleza de índole laboral del vínculo que la unió a la demandada”.

En primera instancia el magistrado rechazó el reclamo del trabajador ya que consideró que “la cooperativa de trabajo demandada era genuina” por lo que “el vínculo que la ligara al trabajador con ella “era laboral sino asociativo”.

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Trabajo seguro, trabajo digno

La Cámara Laboral ordenó a un frigorífico a que indemnice a un trabajador por las condiciones de “precariedad” que debió afrontar mientras trabajaba y que derivaron en un accidente que lo dejó paralítico. El pago ascendió a 456.000 pesos.

La Sala VII de la Cámara Laboral, integrada por Juan Carlos Morando, Estela Milagros Ferreirós y Gregorio Corach, condenó a un frigorífico a indemnizar a un empleado que mientras realizaba tareas de pintura tuvo un accidente que lo dejo paralítico.

Se trata de la causa “PRD c/ Frigorífico Los Ángeles S.R.L. y otros s/ Accidente – Ley Especial», que se inició luego de que el trabajador sufriera un accidente mientras se desempeñaba como operario del frigorífico.

Según la denuncia presentada por el empleado, fue enviado a realizar tareas de pintura en un tanque de agua “sin elementos de seguridad ni capacitación”, y “en momentos en que cumplía dichas tareas cayó al vacío, lo que le provocó pérdida de conciencia”. A raíz del accidente, quedó con secuelas irreversibles como “la pérdida de la movilidad de su cuerpo desde la cintura para abajo, lo que le imposibilita caminar”.

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MINEROS DE YACIMIENTO SAN JOSE DEMANDAN A ENTE DE SEGURIDAD

Santiago, 4 de enero (Télam).- Los 33 mineros rescatados del yacimiento San José, en el norte de Chile, demandaron a la Asociación Chilena de Seguridad, por presunta responsabilidad en el accidente que los dejó atrapados por 70 días a 700 metros de profundidad.

Uno de los abogados que representan a los mineros, Eduardo Reinoso sostuvo hoy que la demanda fue promovida por entender que el organismo debía fiscalizar y tomar medidas preventivas respecto de la seguridad de los lugares de trabajo donde se desempeñaban los afectados, según informó la agencia de noticias ANSA.

Por otra parte, los mineros manifestaron su malestar porque cuatro de ellos obtuvieron el alta médica cuando el gobierno se había comprometido a darles tratamiento por al menos seis meses.

Según la asociación, la licencia médica de Omar Reygadas, Edison Peña, Darío Segovia y Carlos Bugueño, fue levantada por ausentarse los trabajadores a los controles médicos.

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