Navidad fatal: mueren electrocutados armando el arbolito

Un grupo de jóvenes colocaba adornos en la estructura cuando la punta del elemento decorativo tocó un cable de alta tensión y provocó el fallecimiento inmediato de ellos.

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Dos albañiles murieron electrocutados cuando trabajan en una obra

Según fuentes policiales, este sábado por la mañana, los obreros manipulaban un hierro que tocó los cables de media tensión y fallecieron por la descarga en la ciudad de Las Termas.

En la mañana de este sábado, dos albañiles perdieron la vida cuando trabajaban en una ampliación de una vivienda (segundo piso) en calle Maipú Prolongación de la ciudad de Las Termas Ver más

Joven murió electrocutado

Rubén Alejandro Villalba, de 24 años, estaba cambiando un foco cuando recibió una fuerte descarga eléctrica. El trágico hecho ocurrió en Wanda el sábado por la noche.

Según el reporte policial, la concubina de Villalba narró las circunstancias en las que éste falleció. Todo ocurrió en una vivienda del barrio San Francisco de Wanda. Ver más

Dos jóvenes internados con heridas graves tras una explosión en Villa Gobernador Gálvez

Se trata de dos empleados de alumbrado público, que fueron derivados al Hospital Gamen y luego al Británico por el estallido de un cable de alta tensión.

Dos jóvenes trabajadores de la localidad de Villa Gobernador Gálvez recibieron una fuerte descarga eléctrica y se encuentran internados en el Sanatorio Británico. Según informaron, realizaban un pozo para poner una columna de cemento cuando se registró la explosión, que provocó un incendio en el lugar. Ver más

Disposición DNCI 182-E/2016: Reconocer al Laboratorio de Ensayos y Mediciones Eléctricas (LEME) de la Facultad de Ingeniería de la UNLP a los Efectos de la Realización de Ensayos de Certificación Obligatoria en Materia de “Indumentaria de protección Contra Riesgos Eléctricos»

Disposición DNCI 182-E/2016: Reconocer al Laboratorio de Ensayos y Mediciones Eléctricas (LEME) de la Facultad de Ingeniería de la UNLP a los Efectos de la Realización de Ensayos de Certificación Obligatoria en Materia de “Indumentaria de protección Contra Riesgos Eléctricos»

DNCI: DIRECCIÓN NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR. MINISTERIO DE PRODUCCIÓN

Boletín Oficial Disposición DNCI 182-E/2016: Reconocer al Laboratorio de Ensayos y Mediciones Eléctricas (LEME) de la Facultad de Ingeniería de la UNLP a los Efectos de la Realización de Ensayos de Certificación Obligatoria en Materia de “Indumentaria de protección Contra Riesgos Eléctricos»

Ciudad de Buenos Aires, 17/11/2016
VISTO el Expediente N° S01:0089851/2014 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución N° 896 de fecha 6 de diciembre de 1999 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, establece la obligatoriedad de la certificación del cumplimiento de los requisitos esenciales de seguridad por parte de los equipos, medios y elementos de protección personal conducentes a reducir la siniestralidad laboral, que se comercialicen en el país.

Que las Resoluciones Nros. 123 de fecha 3 de marzo de 1999 y 431 de fecha 28 de junio de 1999, ambas de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, establecen que para su participación en los Regímenes de Certificación Obligatoria, los Laboratorios de Ensayo deberán contar con el reconocimiento al efecto de la Dirección Nacional de Comercio Interior, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que la Resolución N° 123/99 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA, dispone la intervención en el proceso de reconocimiento, de un Comité de Evaluación convocado al efecto.

Que a través de la Disposición N° 915 de fecha 22 de agosto de 2003 de la Dirección Nacional de Comercio Interior de la ex SECRETARÍA DE LA COMPETENCIA, LA DESREGULACIÓN Y LA DEFENSA DEL CONSUMIDOR del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, fueron designados los integrantes del Comité de Evaluación de Laboratorios de Ensayos, vigente al momento de iniciarse las actuaciones citadas.

Que mediante el expediente citado en el Visto, el LABORATORIO DE ENSAYOS Y MEDICIONES ELÉCTRICAS (LEME) de la FACULTAD DE INGENIERÍA dependiente de la UNIVERSIDAD DE LA PLATA solicitó su reconocimiento para actuar en la realización de ensayos en cumplimiento de la Resolución N° 896/99 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA, en lo atinente al rubro “Indumentaria: alcance parcial- indumentaria para protección contra riesgos eléctricos”.

Que en las Actas de reunión del Comité de Evaluación de Laboratorios de Ensayos de fechas 31 de octubre y 13 de noviembre de 2014 obrante a fojas 278/279, de fecha 4 de junio de 2015 obrante a fojas 351/354 y de fecha 23 de septiembre de 2015 obrante a fojas 363/365, todas del expediente mencionado en el Visto, el subcomité de Evaluación de Laboratorios en ocasión de realizar la visita in situ en el laboratorio, y con el objeto de practicar una auditoría en el lugar, presenciando la ejecución de ensayos que forman parte del alcance solicitado, procediendo a verificar, además, la información presentada a su requerimiento, ha evaluado dicha presentación y consideró satisfactoria la evaluación realizada, y recomendó el reconocimiento del LABORATORIO DE ENSAYOS Y MEDICIONES ELÉCTRICAS (LEME) de la FACULTAD DE INGENIERÍA dependiente de la UNIVERSIDAD DE LA PLATA para la aplicación de la Resolución N° 896/99 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA, en materia de “Indumentaria- alcance parcial: Indumentaria para protección contra riesgos eléctricos”.

Que de acuerdo con lo dispuesto por la Resolución N° 76 de fecha 22 de junio de 2004 de la ex SECRETARÍA DE COORDINACIÓN TÉCNICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, los Laboratorios de Ensayo cuentan con un plazo total de DIECIOCHO (18) meses, contados a partir de la fecha de su reconocimiento por parte de la Dirección Nacional de Comercio Interior, para obtener el correspondiente certificado de acreditación emitido por el ORGANISMO ARGENTINO DE ACREDITACIÓN (OAA) para los ensayos para los que fueron reconocidos.

Que, conforme exige la legislación, a fojas 381/384 del expediente citado en el Victo, el solicitante ha presentado evidencia de la contratación del seguro de responsabilidad civil correspondiente, siendo aprobado sin observaciones por la mencionada Dirección Nacional.

Que resulta necesario prever, con una antelación suficiente, la fecha de comienzo de la exigencia de certificar el cumplimiento de los requisitos mínimos de seguridad o de las normas técnicas que determinan las características de uno o más productos, establecidos en los Regímenes de Certificación Obligatoria instituidos en el marco de las Leyes Nros. 22.802 y 24.240.

Que en tal circunstancia, la Dirección Nacional de Comercio Interior resulta el organismo idóneo para comunicar a los administrados la suspensión o entrada en vigencia de la exigencia de certificar el cumplimiento de los requisitos establecidos para un determinado régimen de certificación de producto o rubro específico involucrado afectado por la falta de Organismos de Certificación reconocidos y/o de Laboratorios de Ensayo reconocidos.

Que una vez subsanada la falta de oferta de Organismos de Certificación y/o de Laboratorios de Ensayo deberá preverse un plazo previo a la aplicación de la exigencia de certificación para aquellos productos afectados por la suspensión, a los efectos de la tramitación de la certificación requerida, conforme lo dispuesto por la Resolución N° 55 de fecha 13 de abril de 2005 de la ex SECRETARÍA DE COORDINACIÓN TÉCNICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN.

Que si bien en el marco de las actuaciones de la referencia, se procedió al dictado de la Disposición N° 144 de fecha 13 de octubre de 2016 de la Dirección Nacional de Comercio Interior, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, como consecuencia de la entrada en vigencia del Decreto N° 561 de fecha 6 de abril de 2016 y su normativa complementaria, que estableció la obligatoriedad de uso del Sistema de Gestión Documental Electrónica -GDE-, corresponde adecuar la actuación de la administración al referido régimen.

Que en razón de ello, resulta procedente la suscripción de un nuevo acto con apego a la normativa citada, confirmando la disposición oportunamente firmada.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 6° de la Resolución N° 431/99 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y por el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL
DE COMERCIO INTERIOR
DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Confírmase la Disposición N° 144 de fecha 13 de octubre de 2016 de la Dirección Nacional de Comercio Interior, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, por la cual se dispuso reconocer al LABORATORIO DE ENSAYOS Y MEDICIONES ELÉCTRICAS (LEME) de la FACULTAD DE INGENIERÍA dependiente de la UNIVERSIDAD DE LA PLATA como Laboratorio de Ensayo a los efectos de la realización de ensayos en aplicación del régimen de certificación obligatoria establecido por la Resolución N° 896 de fecha 6 de diciembre de 1999 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA, del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, en materia de “Indumentaria de protección contra riesgos eléctricos – alcance parcial: Indumentaria”. Ver más