Decreto 911/96. Reglamento de Higiene y Seguridad para la Industria de la Construcción
Artículo 4- El Comitente será solidariamente responsable, juntamente con el o los Contratistas, del cumplimiento de las normas del presente Decreto.
Análisis: La finalidad de la responsabilidad solidaria es la aplicación del principio de protección extendiendo la responsabilidad a un sujeto que no es titular de la relación laboral. Ver más