Un obrero murió decapitado al explotar la caldera de un camión

Saltó la tapa de la caldera con mucha presión y decapitó al trabajador. Tenía 31 años

Un obrero murió decapitado por la explosión de la caldera de un camión vial que se usa para pintar las líneas de la carpeta asfáltica de la ruta 5, en Villa General Belgrano, situada a 80 kilómetros al sur de la capital cordobesa, informaron fuentes policiales. Ver más

Ordenan indemnizar a un electricista que sufrió grave accidente

La Cámara Laboral falló a favor del hombre que recibió una descarga eléctrica. Edersa deberá pagar más de un millón de pesos.

Edersa y la Meridional Compañía Argentina de Seguros Generales SA deberán indemnizar a un técnico electricista que sufrió un grave accidente laboral con un pago de 1.212.109 pesos por daño material, moral e intereses. La Cámara Laboral de Viedma con el voto rector del camarista Gustavo Guerra Labayén y la adhesión de sus pares María Luján Ignazi y Eduardo Roumec condenó también a Provincia ART SA a pagar hasta la suma de 886.562 pesos en concepto de prestaciones dinerarias e intereses. Ver más

Análisis Decreto 1.338/96. Título II: Prestaciones de Medicina y de Higiene y Seguridad en el Trabajo. Decreto 351/79 Reglamento de Higiene y Seguridad en el Trabajo

TITULO II: Prestaciones de Medicina y de Higiene y Seguridad en el Trabajo

El Título II del Anexo I del Decreto 351/79 que habla de los Servicios de Higiene y Seguridad en el Trabajo, y de Medicina del Trabajo fue derogado y reemplazado por el Decreto 1.338/96.

Este decreto sólo se aplica al reglamento del Decreto 351/79 y no a todos los demás.

Los Servicios de Higiene y Seguridad en el Trabajo (HyST) y de Medicina del Trabajo (MT) tienen como punto de partida la Ley Nacional 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo, que en su artículo 5 inciso a) establece: “creación de servicios de higiene y seguridad en el trabajo, y de medicina del trabajo de carácter preventivo y asistencial”.

Artículo 1º — Derógase el Título II del Anexo I del Decreto Nº 351/79.

Análisis: Ninguno de los quince artículos establece directamente que el decreto 1.338/96 reemplaza al Título II, tal como establece en forma clara y precisa su derogación, pero en las consideraciones del mismo lo deja claro, aunque legalmente las mismas no son reglamentarias.

«Que para ello es menester derogar el Título II, Capítulos 2, 3 y 4 del Anexo I del Decreto Nº 351/79, reemplazándose sus disposiciones por las que se aprueban en el presente Decreto.» Ver más

Obrero cayó de un noveno piso, perdió el brazo y está grave

El accidente laboral ocurrió en un edificio en construcción en San Lorenzo entre Sarmiento y San Martín, en pleno microcentro de Posadas. Sufrió la amputación de un brazo y fue trasladado al sanatorio IOT. El albañil habría estado trabajando sin los elementos de seguridad correspondientes.

Ignacio Suárez, un obrero de la construcción de 30 años, cayó al vacío desde una altura de nueve pisos, mientras trabajaba en un edificio en pleno microcentro de Posadas. Ver más