Ciudad de Buenos Aires, 15/10/2024
VISTO el Expediente EX-2024-98178843-APN-SITAP#SRT, las Leyes N° 19.549, N° 19.587, N° 24.557, sus normas modificatorias y complementarias, N° 25.506, los Decretos N° 1.759 de fecha 03 de abril de 1972 (t.o. 2017), N° 434 de fecha 01 de marzo de 2016, N° 891 de fecha 01 de noviembre de 2017, N° 743 de fecha 19 de agosto 2024, las Resoluciones de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 13 de fecha 18 de octubre de 2018, las Disposiciones de la Gerencia de Prevención (G.P.) N° 2 de fecha 23 de abril de 2021, N° 1 de fecha 01 de diciembre de 2022, N° 2 de fecha 01 de diciembre de 2022, N° 3 de fecha 01 de diciembre de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que uno de los principales objetivos de la Ley sobre Riesgos del Trabajo es la reducción de la siniestralidad laboral a través de la prevención de los riesgos derivados del trabajo.
Que corresponde a esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), conforme lo dispuesto por el artículo 36 de la Ley N° 24.557, controlar el cumplimiento de las normas de higiene y seguridad en el trabajo, como así también, supervisar y fiscalizar el funcionamiento de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) y del sistema instaurado por el mentado cuerpo normativo.
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