Un susto en el Canal de la Mancha: se incendió parte de un barco con 500 pasajeros

El fuego se desató en la sala de máquinas. El buque, de bandera chipriota, había salido de Inglaterra y viajaba rumbo a la isla de Guernsey. Tuvieron que intervenir equipos de rescate de Gran Bretaña y Francia. No hay heridos.

Un barco con 700 personas a bordo (462 pasajeros y 246 tripulantes) sufrió esta madrugada un pequeño incendio mientras navegaba por el Canal de la Mancha. Sin embargo, no hay heridos. Las llamas fueron controladas rápidamente por un equipo especial de bomberos de la guardia costera británica que llegó al lugar. El buque está siendo remolcado hacia la costa.

El incendio se desató en la sala de máquinas del barco â??Calypsoâ??, de bandera chipriota. Equipos de rescate de Gran Bretaña y Francia se desplazaron en barcos y helicópteros hasta luego de recibir una señal de emergencia desde la embarcación alrededor de 5 de mañana (hora local).

Los pasajeros fueron llevados a cubierta por la tripulación. â??Los botes de salvamento estaban listos, pero no resultó necesaria evacuar la embarcaciónâ??, dijo un vocero de la guardia costera en declaraciones a la cadena BBC.

El «Calypso» había partido del condado inglés de Essex y estaba en camino hacia la isla de Guernsey, en el Canal de la Mancha. Cuando se inició el fuego, por causas aún desconocidas, el barco estaba 25 kilómetros al sur de la localidad portuaria de Eastbourne.

Fuente: Diario Clarin

Mobbing: recomiendan medidas preventivas a las empresas

Así, aconsejan invertir en selección de personal y un mayor cuidado al evaluar el perfil psicológico de aquellos que habrán de ejercer las jefaturas.

Recientes fallos de la Justicia relativos a la figura del mobbing o acoso laboral han causado inquietud en los ámbitos empresarios y sus representantes legales. Inmediatamente, se ha argumentado que estas decisiones judiciales representan una nueva amenaza para los empleadores quienes -a tenor de estas voces- quedarían expuestos a la posibilidad de la generación de nuevos tipos de demandas laborales.

La señal de alarma ha incrementado su intensidad a partir del fallo â??Correa Cerpaâ??, emanado de los tribunales cordobeses, en el que se obligó a una ART a indemnizar a una empleada por estrés laboral causado por una situación de mobbing.

Las palabras â??mayores costosâ??, â??inseguridad jurídicaâ?? y similares aparecieron prontamente.

En poco tiempo los voceros empresarios victimizaron la situación del sector, exponiéndose ante la opinión pública como un blanco seguro de dardos abogadiles aprovechados y de una justicia complaciente.

Menearon amenazadora la sombra de las economías corporativas afectadas por la endemia y su consecuente repercusión en el nivel de empleo, preciado capital si lo hay.

Planteadas las cosas en estos términos, parecería ser que la Justicia podría llegar a ser responsable del deterioro del la economía nacional, de la reducción de su nivel de crecimiento, del decaimiento de las inversiones extranjeras y otros cuantos males similares.

Colocado el Poder Judicial como eventual responsable de tantas desgracias, vale la pena revisar el otro lado de la ecuación y -consecuentemente- la conducta de los propios empresarios.

El mobbing, acoso laboral o como guste llamárselo ha existido desde que existe la propia relación laboral. No se trata de un descubrimiento científico de la modernidad o de un elemento de reciente aparición en los vínculos de trabajo. Ha existido, existe y existirá.

Que los tribunales reconozcan su existencia en nuestros tiempos no es sino consecuencia de un cambio de valores ya que el actual concepto de calidad de vida se ha tornado mas amplio y resulta comprensivo de situaciones que antes no eran consideradas.

Pese a que el mobbing ha estado siempre entre nosotros nos hallamos, sorprendentemente ante este â??descubrimientoâ?? repentino de su existencia que, simultáneamente, realizan los jueces y el sector empresario.

Ya está visto lo que pueden hacer los órganos judiciales. Preguntémonos cual es el aporte que nuestros empresarios pueden hacer ante este nuevo panorama.

Las conducciones empresarias saben que, en sus organizaciones, el acoso ha existido y existe. No obstante, miran con gesto desaprobatorio las decisiones judiciales como si de ellas dependiera que la situación fáctica existiera o no.

Recuerdan a aquel conductor que, cansado de ponerse nervioso por el rojo de su marcador de temperatura, optó por desconectarlo.

Las respuestas adecuadas están a mano, son sencillas y dictadas por el sentido común: si los empresarios no quieren ser condenados por situaciones de acoso, deben trabajar para que estas no existan o para que, al menos, se reduzcan sustancialmente.

Eso es mucho mas fácil que pelear palmo a palmo por la extensión y hermenéutica de los fallos judiciales.

Las medidas a tomar son obvias: así como se invierte en selección de personal a su ingreso y en capacitación, posteriormente, deberá evaluarse con mayor cuidado el perfil psicológico de aquellos que habrán de ejercer las jefaturas o liderazgo de grupos al mismo tiempo que entrenar, a todos los niveles posibles, a los integrantes de la organización para establecer un sistema de prevención de las situaciones de mobbing y la consecuente resolución de los conflictos que de ellas deriven.

No es tan difícil ni tan complicado. Ni siquiera es tan caro como afrontar los juicios.

La cultura organizacional y las estructuras funcionales de cada ámbito laboral marcarán- en definitiva- las modalidades de la acción a realizarse y su forma de instrumentación. No caben recetas fijas relativas a ombudsmen, mediadores, negociadores. Sólo la única recomendación de capacitar para concienciar, a todos los integrantes de la organización respecto del acoso laboral.

No es esta entonces la oportunidad de pretender mostrar la paja en el ojo ajeno, sino de aceptar que hay una gigantesca viga en el propio.
Siempre será preferible evitar las situaciones de acoso mediante la prevención que ir a tribunales a discutir los montos indemnizatorios respectivos.
El concepto moderno de desarrollo humano, la calidad de vida de quienes trabajan y el viejo paradigma de â??trabajar con saludâ?? así lo exigen.

Roberto Mario Natale, es titular de la Subsecretaría de Resolución de Conflictos de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires y especialista en Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos.

Fuente: www.infobaeprofesional.com

Murió en un accidente de trabajo y su familia deberá cobrar una doble indemnización

El hombre era empleado de una empresa y además trabajaba por su cuenta. En un fallo inédito, la Justicia también le ordenó a la compañía que lo empleaba que compense a sus familiares por los ingresos que percibía como trabajador independiente.

En un fallo inédito, la Justicia laboral condenó a una empresa a indemnizar a la familia de un empleado que murió en un accidente de trabajo. Pero eso no es todo. Además, los jueces ordenaron que la compañía les pague una compensación por los ingresos que el hombre percibía como autónomo.

La Sala Sexta de la Cámara Laboral consideró que â??si se trata reparar el daño producido por el accidente, es claro que no sólo deben computarse los ingresos que el actor percibía en su trabajo en relación de dependencia, sino los que ha dejado de percibir por su labor como trabajador autónomo».

De este modo, la viuda y los dos hijos â??menores de edad- de un empleado de la empresa Ferrovías que murió en un accidente de trabajo, deberán cobrar una doble indemnización de 633.282, pesos más intereses.

Los camaristas Ernesto Capón Filas, Juan Carlos Fernández Madrid y Miguel Rodríguez Brunengo entendieron que la pérdida de los ingresos que el hombre percibía en su segunda actividad como autónomo «es consecuencia inmediata de la muerte del trabajador». Por ello, consideraron que la compañía â??debe responder por elloâ??.

El fallo, además, volvió a declarar inconstitucional un artículo de la Ley de Riesgos de Trabajo, que eximía al empleador de pagar una indemnización a sus empleados y limitaba esa reparación a las Aseguradoras de Riesgos de Trabajo.

El artículo 39 de la ley 24.557, «con criterio economicista, caprichoso y carente de fundamento jurídico excluye por voluntad legislativa la posibilidad de que, ante un accidente de trabajo, el trabajador o sus causahabientes recurran al artículo 1113 del Código Civil», sostuvieron los jueces.

Ese artículo establece que «la obligación del que ha causado un daño se extiende a los daños que causaren los que están bajo su dependencia, o por las cosas de que se sirve, o que tiene a su cuidado».

«Es inaudito privar de reparación a los trabajadores que hubieren sufrido un daño derivado del riesgo o vicio de las cosas o de culpa o negligencia de quien, encuadrando en las disposiciones de la normativa genérica que impone el resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados, queda eximido de la misma por el hecho de ser empleados de la víctima», añadieron.

(Fuente: DyN)

Fuente: Diario Clarin

Dos heridos graves tras un incendio en un aeropuerto de Bruselas

El fuego se desató en un hangar donde se realizan el mantenimiento de las aeronaves en el aeropuerto internacional de Zaventem. Además, tres aviones resultaron gravemente dañados.

EFE). Un incendio en un hangar en el aeropuerto internacional de Zaventem (Bruselas) causó hoy dos heridos y graves daños a tres aviones, así como retrasos en el tráfico aéreo debido a la formación de humo, informó la sociedad gestora del aeródromo (BIAC).

Por motivos aún desconocidos, el fuego se desató en un hangar de Sabena Technics, la empresa que se encarga del mantenimiento de los aviones, sobre la pasada, explicó la compañía en un comunicado.

Los bomberos de Zaventem y de dos ciudades colindantes lograron controlar rápidamente las llamas, pero no pudieron impedir que un empleado de Sabena Technics y un bombero resultaran gravemente heridos y que tres aviones sufrieran importantes daños.

Como consecuencia del incendio, el hangar donde comenzó el fuego se derrumbó.

Las carreteras de acceso al aeropuerto fueron cortadas brevemente, mientras que a la formación de humo, que no es tóxico, hay retrasos en los planes de vuelo.

Fuente: www.infobae.com

Voraz incendio en una maderera en el partido de San Martín

Más de 10 dotaciones combaten las llamas. Aún se desconocen las causas que desataron el siniestro. No se informó por el momento si había personas en el interior de la fábrica cuando comenzó el fuego.

Un voraz incendio se registraba en las primeras horas de esta mañana en una maderera, en el partido bonaerense de San Martín, según señalaron fuentes policiales.

El incendio, de grandes proporciones, se inició en una fábrica ubicada en Muñiz y Saavedra, en el barrio Villa Concepción, de ese partido del Conurbano.

Las llamas eran combatidas por más de 10 dotaciones, según señalaron a Infobae.com desde el Cuartel Central de Bomberos de San Martín.

Fuente: www.infobae.com

Se puso a hablar bajo un árbol, se le cayó una rama en la cabeza y murió

La tragedia tuvo lugar esta mañana en una chacra en Chubut. La víctima estaba charlando con un vecino y no notó que estaban podando el árbol bajo el cual se encontraban. Falleció de manera casi instantánea.

Un hombre de 50 años murió esta mañana en la zona de chacras del valle inferior del río Chubut por el fuerte golpe que recibió en la cabeza al caerse un pesado tronco que era cortado como parte de las tareas de poda propias de esta época del año.

La víctima fatal fue identificada como Héctor Jones, un poblador de las afueras de Gaiman, una pequeña localidad colonizada por galeses del cual la víctima es descendiente, 40 km. al oeste de esta capital.

El extraño episodio tuvo lugar en la chacra 195 a media mañana de hoy, cuando el vecino del paraje se puso a conversar animadamente con el propietario del lote, Eduardo Martin, sin advertir que la rama que estaban cortando en el frondoso sauce llorón era la que estaba sobre su cabeza.

«El hombre murió en forma casi instantánea» explicó el vocero de la Unidad Regional de la policía del Chubut, Juan Carlos Contreras, al dialogar con Télam.

El podador, Segundo Jara, que había sido contratado para hacer la actividad de raleo de las especies forestales que cubren ese lote, no salía de su dolor frente al episodio del cual se declaró como absolutamente inocente.

Los antigüos agentes de la policía del Chubut con asiento en el valle consultados por esta agencia de noticias, no dudaron en calificar como insólito el hecho, que jamás había ocurrido y que puede darse un caso en un millón, en el que una persona muera de un golpe en la cabeza por detenerse desprevenido a dialogar debajo de un árbol.

Fuente: www.infobae.com