El TSJ de Murcia falla que, aunque el siniestro se produzca durante la jornada, el empleado crea un riesgo adicional
No puede calificarse como accidente laboral el sufrido por un trabajador que antes había consumido cocaína. Así lo ha determinado el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia en una sentencia, a pesar de que el suceso se produjo durante el desempeño del trabajo. Dicen los magistrados que este hecho supone la asunción y creación de un riesgo adicional, por lo que excluyen la calificación de laboral del accidente. La resolución se puede consultar en este enlace.
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