Un operario de 54 años, perteneciente a una empresa metalúrgica de Ensenada, falleció la mañana de ayer mientras realizaba tareas de mantenimiento en el lugar, según aseguraron voceros cercanos al hecho. Ver más
Etiqueta: Seguridad
Se derrumbó una medianera en Villa Crespo: murió un obrero y hay dos heridos
Un obrero murió y otros dos resultaron heridos tras el derrumbe de la medianera de una casa lindera a la obra en la que trabajan, en el barrio porteño de Villa Crespo. El hecho ocurrió en Remedios de Escalada al 500, entre Honorio Pueyrredón y Rojas.
Según confirmó el titular del SAME, Alberto Crescenti, la víctima fatal tenía 26 años, mientras que los otros dos albañiles heridos tienen 57 y 51 años. Uno de ellos, con traumatismo de tórax, está en grave estado y con pronóstico reservado. «A los obreros les cayó una medianera desde 12 metros. La medianera tenía 45 centímetros de grosor», dijo el funcionario.
«Los heridos son dos hombres, uno de 57 años, con traumatismo de cráneo, y otro de 51, con traumatismo de tórax», que fueron trasladados de urgencia al Hospital Durand.
Los dos albañiles heridos están internados en el hospital Durand
La víctima fatal tenía 26 años
Un vecino relató que todo ocurrió esta mañana hacia las 9:30 y que hay una gran presencia de personal del SAME y de la Policía Federal. En el hecho intervino personal de la comisaría 13. «La obra se realizaba hace más de seis meses», reveló otra testigo. Ver más
Ensenada: un operario murió al caerse de un techo en Siderar
La entrada a Siderar, por el camino Alte. Brown
Un hombre de 54 años perdió la vida ayer a la tarde, al caerse de un techo en la planta Siderar de Ensenada.
El terrible episodio, cuyas causas ahora se intentan determinar, motivó el inicio de una investigación judicial, a cargo de la fiscal María Scarpino, de la UFI Nº 14, con intervención de personal de la comisaría primera de la vecina ciudad. Ver más
China: más de 20 muertos en explosión en una central eléctrica
Al menos 21 personas murieron cuando estalló una tubería de vapor de la central de Dangyang y se reavivaron las críticas contra el gobierno por las fallas de seguridad en las industrias. El año pasado, en otra explosión en una terminal del norte chino fallecieron 165 personas
Al menos 21 personas murieron tras explotar una central eléctrica en China. Hay cinco heridos, tres de ellos graves. El hecho ocurrió este jueves en la ciudad de Dangyang, situada en la provincia central china de Hebei. Ver más
Disposición 1/2016 SRT. Gerencia de Administración de Comisiones Médicas: Protocolo de actuación ante situaciones de conflicto en el ámbito de las Comisiones Médicas
Disposición 1/2016 SRT. Gerencia de Administración de Comisiones Médicas: Protocolo de actuación ante situaciones de conflicto en el ámbito de las Comisiones Médicas
Buenos Aires, 02/08/2016
VISTO el Expediente N° 116.517/16 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes N° 24.241, N° 24.557, N° 26.425, N° 26.773, los Decretos N° 1.883 de fecha 26 de octubre de 1994, N° 2.104 de fecha 04 de diciembre de 2008, las Resoluciones S.R.T. N° 308 de fecha 30 de marzo de 2009, N° 01 de fecha 05 de enero de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que en virtud del importante volumen y tipo de actividades que desarrollan las Comisiones Médicas al ejercer las funciones que les fueron asignadas por las Leyes N° 24.241 y N° 24.557, existe la posibilidad de que se produzcan hechos que pongan en riesgo la salud de las personas que prestan servicios en ellas, como de quienes concurren a sus instalaciones, o de los bienes que allí se encuentran.
Que en ese contexto resulta necesario y oportuno, establecer pautas básicas y sencillas a seguir por los agentes de las Comisiones Médicas y el personal de seguridad contratado por esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), ante hechos como los descriptos en el considerando precedente.
Que en ese orden de ideas, se ha elaborado un protocolo de actuación para enfrentar situaciones de riesgo.
Que por el artículo 1° del Decreto N° 1.883 de fecha 26 de octubre de 1994, se confirió a la ex SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES (S.A.F.J.P.) la facultad de dictar todas las medidas reglamentarias y los actos necesarios para ejercer el poder jerárquico administrativo sobre las Comisiones Médicas creadas por la Ley N° 24.241 y a disponer de los recursos para su funcionamiento.
Que, posteriormente, a través del artículo 15 de la Ley N° 26.425 se dispuso la transferencia a la S.R.T. del personal médico, técnico, auxiliar y administrativo que se desempeñe ante las Comisiones Médicas y la Comisión Médica Central creadas por el artículo 51 de la Ley N° 24.241, y de los bienes inmuebles, muebles y equipamiento técnico necesarios para su adecuado funcionamiento.
Que, por su parte, el artículo 10 del Decreto N° 2.104 de fecha 04 de diciembre de 2008, facultó a la S.R.T. a dictar las normas aclaratorias y complementarias para la implementación de la Ley N° 26.425, en materia de regulación de las citadas Comisiones Médicas.
Que en tal contexto, mediante Resolución S.R.T. N° 308 de fecha 30 de marzo de 2009, la S.R.T. dispuso que ejercerá las competencias citadas en los párrafos precedentes, en la misma forma y con las mismas modalidades establecidas por los regímenes especiales con que se regía la ex S.A.F.J.P. en lo atinente —entre otros— a las relaciones con el personal de las Comisiones Médicas y Comisión Médica Central.
Que por otra parte, el artículo 36, apartado 1° inciso e) de la Ley N° 24.557, estableció, dentro de las funciones inherentes a la S.R.T., las de dictar su reglamento interno, administrar su patrimonio y determinar su estructura administrativa.
Que, en ese contexto, la Resolución S.R.T. N° 01 de fecha 05 de enero de 2016, que aprobó la nueva estructura funcional de Organismo, estableció que a esta Gerencia de Administración de Comisiones Médicas le corresponde gestionar el funcionamiento y la administración de las Comisiones Médicas, Comisión Medica Central y Oficinas descentralizadas.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Normativos ha tomado la intervención que le corresponde.
Que, como consecuencia de lo manifestado en los considerandos precedentes, la presente medida, se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 36 de la Ley N° 24.557, la Ley N° 26.425, el artículo 1º del Decreto N° 1.883/94, el artículo 10 del Decreto N° 2.104/08, y Anexo II de la Resolución S.R.T. N° 01/16.
Por ello,
EL GERENTE DE ADMINISTRACIÓN
DE COMISIONES MÉDICAS
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase el Protocolo de actuación ante situaciones de conflicto en el ámbito de las Comisiones Médicas que como Anexo forma parte integrante de la presente disposición. Ver más
Martín Grande, testigo, dijo que se modificó la escena donde murió el obrero
“Fui prácticamente testigo presencial y vi cómo modificaban la escena del crimen absolutamente todos”, dijo el periodista. Aseguró que el obrero que cayó desde el 9no piso tenía un arnés colocado al momento de romperse el andamio, y que la soga de seguridad se cortó.
Grande abrió su programa radial de hoy, muy ofuscado por la muerte de Álvaro Guaymás, el obrero de 26 años que cayó ayer de un 9no piso y murió en el acto.
Dijo: “Ayer me tocó ser testigo prácticamente presencial de este accidente espantoso en donde perdió la vida este obrero de la construcción. Y también me toco ser testigo de la enorme incapacidad del personal que debía estar perfectamente capacitado para que las escenas de estos hechos trágicos se mantengan tal cual para poder averiguar lo que pasó”. Ver más