Lograron controlar el incendio en la planta de YPF

La empresa informó que el fuego en la planta de Cerro Divisadero estaba siendo extinguido. Comenzaron las tareas de mantenimiento para reiniciar las operaciones. El cauce de Río Grande está fuera de peligro

El siniestro se desató en las cercanías de la ciudad mendocina de Malargüe. (Télam)

YPF informó que fue «controlado» el incendio en su planta ubicada en el Cerro Divisadero, en las cercanías de la ciudad mendocina de Malargüe, y que comenzaron las tareas de mantenimiento para «reiniciar las operaciones en las instalaciones cercanas». El cauce de Río Grande está fuera de peligro. Ver más

Acumulación de gases generó explosión en ductos de planta de Venalum

El director laboral de la estatal, Luis Vásquez, sostuvo que ha cuestionado la falta de mantenimiento en distintas oportunidades y la denuncia no ha sido atendida por la directiva.

Cerca de las 10 de la mañana de este jueves se generó una explosión en los ductos del sistema de tratamiento de gases Lurgi de la planta de carbón de la reductora de aluminio CVG Venalum, atribuido a la acumulación de vapores en los conductos y a la falta de mantenimiento. Ver más

El Beso de la muerte. Incendio de la Boate Kiss en Brasil 2013.

La tragedia de la Boate Kiss, el incendio más mortal en una discoteca en Latinoamérica, resalta una vez más como las deficiencias en normatividad contribuyen a estas trampas mortales a nivel mundial.

A las 03:15 de la madrugada en una discoteca abarrotada y atestada de jóvenes, el cantante de una banda de música enciende un artefacto pirotécnico, dando inicio a un incendio sin precedentes. El resultado, otra tragedia latinoamericana en la que 242 personas perdieron la vida y otras 123 quedaron heridas (según el informe policial y múltiples fuentes, 235 personas mueren en el incendio y 7 más en el hospital en los días subsiguientes; .de los 123 heridos, inicialmente 75 personas estaban en estado crítico).

Este ha sido el peor incendio de los últimos 50 años en Brasil y el tercer peor incendio en una discoteca a nivel mundial. Desafortunadamente, como se indica en el artículo de la edición de marzo 2013 del NFPA Journal Latinoamericano® “Crónica de una muerte anunciada: Incendios en discotecas”, este incendio es una réplica de otras tragedias recientes acaecidas en la región. La documentación sobre este incendio se fundamenta en mi visita al lugar de los hechos, en entrevistas con los investigadores y bomberos que respondieron al incendio, mi participación durante la filmación del especial del Discovery Channel “Tragedia en Santa Maria”, el informe policial del incidente, y en la revisión de cientos de fotos y videos que nos facilitaron la Defensa Civil y los Bomberos de Rio Grande do Sul. Ver más

RESOLUCIÓN SRT 503/2014 – EJECUCIÓN DE ZANJAS Y POZOS Y TODO OTRO TIPO DE EXCAVACIÓN NO INCLUIDA EN LA RES. SRT 550/2011

RESOLUCIÓN SRT 503/2014 – EJECUCIÓN DE TRABAJOS DE MOVIMIENTO DE SUELOS, EXCAVACIONES MANUALES O MECÁNICAS A CIELO ABIERTO SUPERIORES A 1,20 M DE PROFUNDIDAD, PARA LA EJECUCIÓN DE ZANJAS Y POZOS Y TODO OTRO TIPO DE EXCAVACIÓN NO INCLUIDA EN LA RESOLUCIÓN SRT 550/2011.

Res SRT 503-2014 – Mov suelo y excavaciones – Boletin Oficial

Res SRT 503-2014 – Mov suelo y excavaciones

Bs. As., 12/3/2014

VISTO el Expediente Nº 77.416/12 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes Nº 19.587, Nº 24.557, los Decretos Nº 779 de fecha 20 de noviembre de 1995, 170 de fecha 21 de febrero de 1996, Nº 911 de fecha 5 de agosto de 1996, Nº 1.057 de fecha 11 de noviembre de 2003, las Resoluciones S.R.T. Nº 231 de fecha 22 de noviembre de 1996, Nº 51 de fecha 7 de julio de 1997, Nº 35 de fecha 31 de marzo de 1998, Nº 319 de fecha 9 de septiembre de 1999, Nº 552 de fecha 7 de diciembre de 2001, Nº 953 de fecha 2 de Julio de 2010, Nº 550 de fecha 26 de abril de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1°, apartado 2, inciso a), de la Ley Nº 24.557 sobre Riesgos del Trabajo (L.R.T.), estableció como uno de sus objetivos fundamentales la reducción de la siniestralidad a través de la prevención de los riesgos derivados del trabajo.

Que del mismo modo, el artículo 4°, apartado 1 de la Ley de Riesgos del Trabajo dispone que tanto las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.), como los empleadores y sus trabajadores, se encuentran obligados a adoptar medidas tendientes a prevenir eficazmente los riesgos del trabajo para lo cual deben asumir compromisos concretos a fin de cumplir con las normas de seguridad e higiene en el trabajo.

Que asimismo el artículo 19 del Decreto Nº 170 de fecha 21 de febrero de 1996, facultó a esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) a determinar la frecuencia y condiciones en la realización de las actividades de prevención y control, teniendo en cuenta las necesidades de cada una de las ramas de actividad.

Que el Decreto Nº 911 de fecha 5 de agosto de 1996, aprobó el reglamento de Higiene y Seguridad para la Industria de la Construcción atendiendo a las particularidades de dicha industria, destacándose entre ellas, la coexistencia dentro de una misma obra de personal dependiente del comitente y de uno o más contratistas o subcontratistas, lo que genera situaciones especiales respecto a la determinación de la responsabilidad en el cumplimiento de las normas de seguridad e higiene en el trabajo.

Que asimismo, el artículo 7° del Anexo del referido decreto estableció entre las obligaciones del empleador, la de implementar las acciones y proveer los recursos materiales y humanos necesarios para el mantenimiento de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo que aseguren la protección física y mental y el bienestar de los trabajadores.

Que mediante las resoluciones S.R.T. referidas a la industria de la construcción se han implementado distintas acciones de prevención de infortunios laborales en el ambiente de trabajo que ocupan a los empleados del sector de la mencionada industria.

Que esta industria genera riesgos específicos cuya variedad y secuencia, exige un tratamiento diferenciado.

Que la práctica en la materia ha demostrado que donde se ejecutan trabajos de movimiento de suelos, excavaciones manuales o mecánicas a cielo abierto superiores a UN METRO VEINTE (1,20 m) de profundidad para la ejecución de canales, zanjeos, pozos, subsuelos que no posean submuraciones, compactación del suelo, o rellenos, existen situaciones de riesgos que pueden derivar en accidentes graves para los trabajadores.

Que por sus características particulares, corresponde implementar métodos diferenciados para estas actividades.

Que en el contexto señalado, resulta necesario establecer un mecanismo de intervención más eficiente en la ejecución de tales tareas, con el fin de mejorar las medidas de seguridad preventiva, correctiva y de control en las obras de construcción.

Que estas disposiciones facilitarán el control del cumplimiento de las medidas de seguridad adoptadas en el programa de seguridad y de la normativa vigente para realizar los trabajos de excavaciones a cielo abierto en forma segura.

Que la Gerencia de Asuntos Legales ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por el inciso a), apartado 1°, artículo 36, de la Ley Nº 24.557, en el artículo 19 del Decreto Nº 170/96 y en el artículo 3° del Decreto Nº 911/96, sustituido por el artículo 3° del Decreto Nº 1.057 de fecha 11 de noviembre de 2003.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Establécese que cuando se ejecuten trabajos de movimiento de suelos, excavaciones manuales o mecánicas a cielo abierto superiores a UN METRO VEINTE (1,20 m) de profundidad, para la ejecución de zanjas y pozos y todo otro tipo de excavación no incluida en la Resolución de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) Nº 550 de fecha 26 de abril de 2011, el Empleador debe adoptar las medidas de prevención que se detallan en el Anexo de la presente resolución. Ver más

El incendio que cambió la historia

El primer Día Internacional de la Mujer conmemoró una manifestación de trabajadoras que se había realizado en Nueva York en 1857. Pero el suceso que marcó la celebración moderna del Día Internacional de la Mujer fue el incendio en la fábrica Triangle Shirtwaist en esa misma ciudad que causó la muerte de 146 trabajadoras.

The Triangle Shirtwaist Factory fué una de las mayores fabricas de confección de todo nueva york , situada en el corazón de Manhattan, en el 23-29 de Washington Place, en la esquina norte de Washington Square East y empleaba a 400 personas.

Los Salarios bajos, jornadas de trabajo maratonianas, el trabajo de menores de edad y las condiciones de trabajo insalubres y peligrosas fueron las señas de identidad de estos talleres

El sabado 25 de marzo de 1911 se produjo uno de los peores incendios registrados en la historia de la ciudad de Nueva York, 146 trabajadoras, la mayoría de ellas jóvenes inmigrantes murieron en el incendio.

Este suceso tuvo grandes repercusiones en la legislación laboral de los Estados Unidos y el suceso marcó la celebración moderna del Día Internacional de la Mujer

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Construcción Noticia del día Las causas del derrumbe del edificio de Iron Mountain

Las intensas llamas produjeron un cambio en las propiedades de los materiales, lo cual derivó en la tragedia que terminó con la vida de 9 personas en Barracas. La tecnología constructiva no fue un factor determinante.

El edificio de Iron Mountain en Barracas, donde esta mañana se produjo un derrumbe provocado por un incendio que causó la muerte de 9 personas, tiene la composición característica de muchos de los galpones de estilo inglés que se instalaron en el barrio a principios del siglo XX. Esta configuración de naves paralelas construidas por una envolvente perimetral de ladrillos comunes y estructura metálica no parece haber sido el factor fundametal que desató la tragedia. De hecho, los materiales utilizados en estas construcciones no son lejanos a los utilizados por las nuevas tecnologías constructivas. “Los materiales reaccionaron según las dimensiones del accidente; lo que es imposible de evitar son los efectos producidos por una carga de fuego tan alta” indica la arquitecta María Roca, perito en siniestros para compañías de seguro. Ver más