La explosión de una planta química en Luisiana deja un muerto y 73 heridos

La explosión de una planta química en la localidad de Geismar (Luisiana), la segunda en dos meses en Estados Unidos, ha dejado hasta el momento una víctima mortal y 73 heridos, según informó hoy el gobernador del estado, Bobby Jindal.

El incidente, cuyo origen aun es desconocido, provocó la evacuación de más de 300 trabajadores de la zona industrial y llevó a las autoridades a pedir a los habitantes de las zonas colindantes que permanecieran en sus casas hasta que la situación estuviera controlada.

Jindal explicó en rueda de prensa que la planta había obtenido la aprobación para un proyecto de expansión, por lo que una de las zonas de trabajo se encontraba en obras de renovación.

El gobernador estatal insistió en que lo importante «es que la gente esté a salvo», pero también aseguró que se abrirá una investigación sobre la planta para averiguar cuáles fueron las causas de la explosión. Ver más

Esclavitud infantil: El trabajo Infantil no es Trabajo

Hoy se celebra Día Mundial contra el Trabajo Infantil. “¡No al trabajo infantil en el trabajo doméstico!” es el lema elegido en la campaña de este año. Y como bien señala Guy Ryder, Director General de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), “el trabajo infantil constituye una violación fundamental de los derechos humanos…. En este Día mundial, queremos dejar patente que no hay lugar ni excusas para el trabajo infantil en el trabajo doméstico, ni en ninguna otra forma de trabajo”.

Nadie duda que se está haciendo todo lo posible para erradicar este “deplorable fenómeno en constante aumento, especialmente en los países pobres”, señala el Santo Padre Francisco al final de la audiencia de hoy. Y continúa: “todos los niños deben poder jugar, estudiar, orar y crecer, en la propia familia, en un contexto armónico, de amor y de serenidad. Esta gente, en vez de dejarlos jugar, los hace esclavos”.

Y cavilaba esta mañana, recordando la obra de la pensadora alemana Hannah Arendt en la que distingue las tres actividades fundamentales del ser humano: la labor, el trabajo y la acción, que a esta plaga indigna y ruin no la podemos considerar textualmente un trabajo. No señores. Llamemos a las cosas por su nombre. Trabajar no es esclavitud, ni explotación infantil, ni opresión al indefenso, ni tiranía, ni mucho menos, un castigo divino.

El trabajo es mucho más. Dios ha creado un paraíso y depende del hombre que se mantenga perfecto y bello, pues como bien señala el libro del Génesis el Padre Eterno nos creó dominadores y señores de todo lo creado diciéndonos: “Sean fecundos, multiplíquense, llenen la tierra y sométanla; dominen a los peces del mar, a las aves del cielo y a todos los vivientes que se mueven sobre la tierra».1

Por lo tanto, trabajar es una recomendación que debemos y podemos cumplir con alegría y satisfacción. Por medio del trabajo el hombre se siente realizado en la medida que esa tarea- con responsabilidad, justicia, solidaridad, y espíritu de servicio-, la cumplimos por el bien de todos, por el bien de la humanidad. Ver más

Nueva explosión con víctimas en una empresa en EE.UU. en menos de dos meses

La explosión hoy de una planta química de etileno y propileno en la localidad de Geismar, Luisiana, que ha causado un muerto y 30 heridos, es la segunda en menos de dos meses en EE.UU. tras la de fertilizantes en West, Texas, que ocasionó 15 muertos en abril.

Estas son las principales explosiones en fábricas estadounidenses desde el año 2000:

2013

17 abril.- Una gran explosión en una fábrica de fertilizantes en la localidad de West, cerca de Waco (Texas) mata a 15 personas y deja más de 200 heridos y numerosos daños materiales.

2010

9 noviembre.- Un trabajador murió y otro resultó herido al explotar un tanque en la planta química DuPont en Tonawanda (Nueva York). Ver más

Peligro, obra en construcción

La Cámara Civil y Comercial de San Isidro ordenó a una empresa constructora a que indemnice a un hombre con más de $100.000 por haber tropezado con una madera que sobresalía de la obra.

Muchas veces, las empresas constructoras no reparan en la necesidad de mantener en orden y de forma correcta las estructuras previas a las edificaciones. En el caso de los autos “Ragonese, Carlos Antonio c/Carbe S.A. y otro s/Daños y perjuicios (sumario)”, los integrantes de la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de San Isidro entendieron que el actor debía recibir una reparación económica de parte de la empresa denunciada.

En el caso, el hombre tropezó con una madera que sobesalía del encofrado de la obra en construcción, un accidente que le provocó diferentes fracturas y problemas. Por este motivo, los jueces determinaron que la empresa debía pagarle una indemnización de 103.200 pesos.

El juez Carlos Ribera recordó que en una primera instancia “la demanda fue rechazada con fundamento en que el actor no explicó con claridad la mecánica del accidente, motivo por el cual en la sentencia se afirmó que no era posible saber la causa del accidente y por tanto analizar la responsabilidad de la demandada”.

“Además se argumentó que la prueba ofrecida tampoco ilustraba al respecto, con referencia en particular a la declaración del único testigo presencial. También se dijo que en materia de responsabilidad es necesario acreditar la causalidad entre el daño y la conducta de la demandada, por lo cual, al no encontrarse probado tal extremo, la acción fue desestimada”, explicó el magistrado. Ver más

Dejar la salud por el trabajo

La Justicia determinó que el dueño de una motoniveladora y la Dirección de Vialidad de Entre Ríos debían responder por el daño que sufrió el maquinista por las vibraciones de las máquinas. La indemnización: 260.000 pesos.

El trabajo con maquinaria implica ciertos riesgos para la salud que deben ser previstos. De lo contrario, puede darse una situación como la de los autos “A., J. H. c/Dirección Provincial de Vialidad de Entre Ríos s/Laboral”, en donde los integrantes de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Gualeguaychú determinaron que un hombre debía ser indemnizado por el daño que recibió al trabajar como operador.

En el caso, los jueces determinaron que el accionante debía recibir de parte de la Dirección Provincial de Vialidad una indemnización de 259.442 pesos por el daño que sufrió al manejar la motoniveladora que, a raíz de su vibración, le generó un malestar en permanente en su columna vertebral.

En estos términos, los magistrados encuadraron el caso en el marco del artículo 1.113 del Código Civil, teniendo en consideración la responsabilidad del dueño o guardián de la cosa que generó el riesgo y, finalmente, el perjuicio para el trabajador. Los demandados quisieron alegar circunstancias particulares que hicieran que se configure la causalidad eximiente, pero las pruebas no fueron suficientes.

Los jueces recordaron que “el recurrente cuestiona la admisión de la «Espondiloartrosis» como enfermedad profesional, afirmando que la Sra. juez no atendió las circunstancias especiales -lesiones de sobrepeso y problemas congénitos- que generaron esa patología, a la que cabe asignarle -a su vez- el carácter de progresiva y degenerativa. Ver más

Una explosión en una planta química deja al menos un muerto y 73 heridos

Una gran explosión seguida de un incendio se produjo hoy en una planta química en la localidad de Geismar (Luisiana, sur de EEUU) y según las autoridades ha podido causar «un número elevado de víctimas». Al menos se ha confirmado el fallecimiento de una persona y que otras 73 han resultado heridas. Ver más