Un obrero murió alcanzado por un rayo mientras dragaba el río Salado

Buenos Aires. Un hombre que trabajaba en el dragado del río Salado, en la zona rural del partido bonaerense de Lezama, murió alcanzado por un rayo, indicaron hoy fuentes policiales.

El hecho ocurrió a la altura del puente de la ruta provincial 57 y la víctima fue identificada como Damián Eduardo Villagra, de 27 años, quien residía en Burzaco.

La causa quedó en manos de la Unidad Funcional de Investigaciones a cargo de Miglio Salmo, del Departamento Judicial Dolores. (Télam)

Fuente: Diario La Capital

La historia de la boa que comió a peón es fraude

La mujer de la víctima confesó que inventó el caso por sus necesidades. Hoy había trascendido que una anaconda había devorado a su marido.

Un hecho insólito fue denunciado ayer en una estancia ribereña de Paraguay, cuando una inmensa boa supuestamente se devoró a un peón ante la presencia de sus hijos, su mujer y los demás compañeros de trabajo.

Sin embargo, algunas versiones señalan que fueron los propios peones compañeros de la víctima fatal quienes lo mataron y montaron toda la escena, aunque luego quedó todo descartado cuando la esposa de la víctima confesó el hecho.

La mujer dijo que inventó la historia para llamar la atención de los medios por su precaria situación económica y cómo vive su familia, según el medio Ultima Hora.

Además, la mujer atravesaba serios problemas con sus maridos.

El supuesto accidente había ocurrido cerca de Concepción, mientras Juan Carlos Gutiérrez Medina, de 40 años, presuntamente estaba trabajando en la estancia «Karaja Vuelta».

Tras golpearlo y ponerlo knock out, la boa envolvió al hombre con sus más de 10 metros de largo, destrozó sus huesos y luego se lo comió, según detalló el diario ABC en un primer momento.

«Me quedé muda, me subió un escalofrío, quise morirme al lado de mi esposo con mis hijos en ese mismo lugar», dijo su esposa, María Estela Lima al contar la primera versión a los medios.

Fuente: www.infobae.com

Peligro: bomberos al volante

La Cámara Civil condenó a la provincia de Buenos Aires y al conductor de un camión de bomberos a indemnizar a los padres de un menor que fue embestido por el vehículo en una calle de arena de Costa del Este. El tribunal señaló que el conductor circulaba con exceso de velocidad y con las cubiertas en mal estado por lo que le atribuyeron el 90 por ciento de la responsabilidad. Sin embargo los jueces también culparon a los padres por la insoslayable responsabilidad que incumbe a la guarda de un menor de tan corta edad.

Fuente: www.diariojudicial.com

Incendio en sector céntrico de Valparaíso no se produjo por fuga de gas

En conferencia de prensa el Intendente (S) de la Región de Valparaíso, Ricardo Bravo, descartó la posibilidad de un escape de gas como la fuente del incendio que a tempranas horas del día de hoy afectó a la fuente de soda «Paola» en el sector de Plaza O´Higgins.

«Según el informe preliminar de bomberos este incendio tiene que ver con un shaft de ventilación de la cocina de la fuente de soda y por lo tanto no está asociado a una situación de fuga de gas o explosión en el lugar».

Respecto de informaciones surgidas sobre la lentitud de la reacción de funcionarios de GasValpo frente al llamado de emergencia realizado por bomberos solicitando el corte del suministro de gas en el área del siniestro, la autoridad regional destacó la importancia de optimizar y revisar los tiempos de respuesta frente a situaciones que puedan poner en riesgo la vida de las personas.

«Hemos establecido la necesidad de mejorar los tiempos de respuesta de las compañías para poder atender las emergencias, nos ha parecido absolutamente indispensable que se produzca una coordinación de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles y las empresas que están asociadas, y también de los cuerpos de bomberos y Carabineros para efectos de optimizar esos tiempos».

Asimismo Bravo agregó que con el objeto de dar tranquilidad a los ciudadanos del puerto han sido establecidas una serie de medidas, entre ellas revisiones permanentes y aleatorias intensificadas en el sector de Valparaíso y el establecimiento de revisiones pormenorizadas en los edificios patrimoniales.

Respecto de las condiciones de seguridad en la ciudad puerto señaló «la ciudad de Valparaíso es una ciudad absoluta y completamente sana para vivir, no existen riesgos asociados sistemáticos, únicamente los mismos riesgos que existen en cualquier ciudad y en cualquier punto de nuestro país».

Por su parte, el Superintendente (S) de SEC, Cristián Espinosa, destacó la responsabilidad de los residentes frente a las instalaciones de electricidad y gas en sus inmuebles.

«Son los propietarios los responsables de mantener en buen estado sus instalaciones ellos tienen herramientas de como hacerlo. Si alguien no conoce el estado de sus instalaciones puede pedirle a un instalador autorizado por la superintendencia que se las revise»

Asimismo, destacó la necesidad de que las personas conozcan mejor cuáles son las medidas de seguridad que deben adoptar respecto de sus instalaciones. Para ello anunció la realización de una campaña de información destinada a generar un mayor compromiso en torno a las recomendaciones establecidos por la SEC.

«Iniciaremos una campaña comunicacional dirigida a la comunidad y ciudadanía en general con el objetivo de informar sobre temas de seguridad y prevención. Esta campaña la realizaremos en coordinación con los Ministerios del Interior y Economía.

Igualmente en los próximos días comenzaremos una fiscalización a los principales edificios históricos y patrimoniales de Valparaíso».

Fuente: www.login.cl

Conato de incendio en refinería de Pemex en Minatitlán

Xalapa, Ver. Un conato de incendio registrado en la planta catalítica de la refinería â??Lázaro Cárdenas del Ríoâ??, en Minatitlán, fue controlado casi inmediatamente por personal de seguridad de Petróleos Mexicanos (Pemex), informó la paraestatal.

Aseguró que en el incidente no se registraron víctimas ni daños al medio ambiente o a las instalaciones.

Mencionó que el percance se originó por una falla en la señal del instrumento de flujo de aire combustión al regenerador, el cual se activó y desvió la carga al reactor FV-4, acción que generó emanación de humo amarillo.

Esto, a su vez, provocó un conato de incendio, que fue sofocado en menos de cinco minutos por elementos de contraincendio de la refinería, con apoyo de personal de seguridad industrial y protección ambiental.

Una vez extinguido el fuego, la planta fue estabilizada, a fin de revisar la causa de la falla, aplicar las medidas correctivas, cargar nuevamente el reactor y poner la planta en operación.

En ningún momento existió riesgo para la población civil, y personal de Pemex dio aviso de este evento a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa).

Fuente: www.jornada.unam.mx

La Audiencia culpa en parte al fallecido en un accidente laboral

La Audiencia Provincial de Cádiz ha rebajado un 20% la indemnización que fueron condenados a pagar, como responsables de un accidente laboral mortal, siete responsables de la obra en la que falleció electrocutado un trabajador. La nueva sentencia sobre el caso, que revoca parcialmente una anterior, considera que del accidente fueron culpables los condenados (un constructor, tres arquitectos, una aparejadora y dos encargados de obra) debido al incumplimiento de las normas de seguridad en la obra en la que se produjo el siniestro. Pero también estima la resolución que la víctima tuvo en parte la culpa debido a su conducta, por lo que decide disminuir la indemnización que fijó el juez de lo Penal.

El accidente ocurrió en noviembre de 1999 en una finca de San José del Valle en la que una constructora estaba ampliando una nave. Sobre la obra pasaban unos cables eléctricos que soportaban una tensión de 16.000 voltios. Esa línea tenía que haber sido inutilizada antes de ser iniciada la obra, según explican los hechos probados de las dos sentencias. Pero no fue así. Cuando Antonio Quiñones, oficial de primera, se encontraba manipulando una gavilla de hierro durante los trabajos de enfoscado de una fachada de la nave, recibió una descarga que le produjo la muerte por electrocución. Tenía 47 años, estaba casado y era padre de tres hijos de corta edad.

La viuda del trabajador renunció a ejercer acciones penales y civiles al haber sido indemnizada conjuntamente por la compañía de seguros de la empresa constructora, la propia constructora (en nombre de sus empleados) y los arquitectos.

El caso fue juzgado el año pasado en el Juzgado de lo Penal número 1 de Jerez. La sentencia, dictada por el magistrado Manuel Buitrago, condenó a siete responsables de la obra porque consideró que incumplieron su obligación de dejar sin tensión la línea eléctrica y facilitar así un entorno de trabajo con las mínimas condiciones de seguridad.

El juez destaca en la sentencia que le resultó «curioso» que buena parte del juicio estuviese dedicado a discutir si la gavilla que cogió el trabajador fallecido era adecuada. Esto es, si la culpa del accidente fue del propio trabajador. Y anota el magistrado: «Resulta irrelevante la conducta de la víctima a causa de su propia imprudencia profesional derivada de su habituación al riesgo, pues por encima de ello está la obligación del empresario (y su personal con facultades de dirección) de cumplir y hacer cumplir las medidas de seguridad, medidas éstas que, como viene razonándose, con relación a la línea aérea de media tensión simplemente no existían».

La sentencia sobre el caso dictada por la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Jerez, de la que ha sido ponente la magistrada Lourdes Marín, defiende ahora otra posición. Dice que el accidente lo provocó «la desidia, dejadez e incumplimiento de las normas de seguridad» y culpa de ello a los condenados. Pero afirma también que está acreditado que «el trabajador tomó una gavilla de seis metros pese a que se habían hecho de tres metros y que ello pudo ser la causa del accidente». Por lo que, agrega el tribunal, si bien no se comparte que exista culpa exclusiva de la víctima», ya que no era al trabajador a quien correspondía «adoptar la decisión de dejar inutilizada la energía, sí ha podido influir directamente en dicho resultado la conducta del trabajador, lo que en todo caso determina una concurrencia de culpas».

De acuerdo con ese criterio, el tribunal considera que la intervención de la víctima influyó en el resultado del accidente pero no de forma «determinante ni relevante», sino «en un 20%», que es el porcentaje que, por tanto, estima que debe disminuir la indemnización fijada en la sentencia.

La primera sentencia no sólo fue recurrida por la defensa de los procesados. La Fiscalía también presentó un recurso. La Audiencia lo estima en parte al aumentar de un año de prisión a un año y medio la pena que fue impuesta a cinco de los siete condenados.

Fuente: www.europasur.com