Enjuician a tres jefes por un accidente laboral en el súper del Calatrava

El Ministerio Fiscal solicita un año y medio de cárcel para cada uno de los acusados y el pago de una multa de 7.200 euros

Tres responsables de una empresa encargada de construir el supermercado del centro comercial ubicado en el edificio del Palacio de Congresos, diseñado por Santiago Calatrava, se sentarán hoy en el banquillo de los acusados. Están imputados por un delito contra la seguridad de los trabajadores, tras el accidente laboral que se produjo bajo su responsabilidad el 19 de enero de 2008. El Ministerio Fiscal solicita para cada uno de ellos un año y medio de prisión, el pago de una multa de 7.200 euros y la inhabilitación para su trabajo durante el tiempo de condena.

Según relata el escrito de acusación del Ministerio Público, el citado día sobre las once de la mañana el trabajador herido, D. A. S., carpintero de 52 años, se encontraba junto con otros empleados colocando una plancha de madera que serviría como soporte a las luminarias. Trabajaba tumbado sobre un falso techo, a una altura de 305 centímetros.

En un momento de la tarea, el falso techo se rompió. El trabajador cayó al suelo y arrastró consigo la plancha de madera que estaba colocando. Le golpeó en el pecho y le produjo un traumatismo torácico con fractura del arco costal izquierdo derecho. Para su curación precisó una única asistencia sanitaria con seguimiento terapéutico con analgésicos e inmovilizaciones simples. Tardo en curarse de las heridas 21 días, todos ellos impeditivos para sus ocupaciones habituales.

La Fiscalía sostiene que el accidente tuvo lugar «debido a la falta de estabilidad, solidez y resistencia de la superficie de trabajo, sin que se hubieran adoptado medidas de protección que hubieran evitado el riesgo de caída por hundimiento del falso techo». Como ejemplos de estas medidas, la fiscal delegada de Siniestralidad Laboral, Esperanza González Avella, cita los andamios, apuntalamientos, pasarelas o plataformas de trabajo resistentes.

Los hechos, incide el escrito, son constitutivos de una infracción del convenio colectivo general de la Construcción por el que se establecen las normas de seguridad y salud en las obras de construcción y la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

La empresa para la que trabajaba el lesionado elaboró dos días después del accidente y a requerimiento de la Inspección de Trabajo, un procedimiento seguro «en el que expresamente se prohibe subir al falso techo, salvo que esté asegurada su resistencia».

Por los hechos descritos el Ministerio Fiscal acusa a tres responsables de las obras. Se trata de J. A. M. P., coordinador de seguridad y salud durante la fase de ejecución de la obra. Fue quien aprobó el Plan de Seguridad y Salud «sin recoger previsión alguna respecto a los trabajos que se estaban realizando, ni identificando los riesgos derivados ni, por tanto, estableciendo medidas preventivas».

También L. M. L. C. «encargado del trabajador lesionado y quien le indicaba de forma directa la manera de realización del trabajo, siendo conocedor de la falta de medidas de seguridad y de la situación de riesgo en que se encontraba». El último acusado responde a las iniciales C. C. G. Era el administrador de la empresa para la que trabajaba la víctima y, según la fiscal, «conocedor del procedimiento de trabajo y estaba obligado a adoptar las medidas de seguridad que hubieran evitado el accidente».

El juicio se celebrará hoy, a las 09.30, en el juzgado de lo Penal número 1.

Fuente: www.elcomercio.es

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