El suicidio es accidente laboral si inciden problemas del trabajo

Para calificar como accidente laboral el suicidio de un trabajador es necesario examinar cada supuesto concreto. El Supremo cree que hay que ver si incidieron en su decisión las circunstancias laborales.

El Tribunal Supremo ha argumentado que para valorar si el suicidio de un trabajador es o no accidente de trabajo hay que estudiar «en cada supuesto concreto la conexión existente entre la conducta de suicidio y las circunstancias del trabajo prestado».

El alto tribunal ha estudiado el caso de un profesional que se suicidó en su trabajo, un centro penitenciario. Según consta en la sentencia, el afectado comentó meses antes a un médico que no estaba cómodo en la cárcel y que había tenido ideas de suicidio, por lo que fue remitido a la unidad de salud mental, donde el psiquiatra le apreció un episodio severo de depresión con ideación autolítica. Fue tratado con psicofármacos y psicoterapia de apoyo y mejoró. Sin embargo, recayó y acabó quitándose la vida en el centro de trabajo.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León consideró que el suicidio fue accidente de trabajo, al argüir que acudió a urgencias por primera vez «sin que hubieran existido contactos previos con psiquiatría y por llevar dos semanas preocupado por problemas laborales que le están afectando anímicamente». La mutua recurrió el fallo y aportó una sentencia del TSJ de Baleares que, según alegaba, no calificó como accidente laboral un supuesto similar.

El Tribunal Supremo, sin embargo, cree que no hay identidad entre ambos supuestos y destaca «la relevancia que en el enjuiciamiento de los procesos de suicidio tienen las circunstancias de cada caso concreto».

En este sentido, razona que si bien es cierto que el acto de quitarse la vida es voluntario, «no es menos verdad que el suicidio se produce a veces por una situación de estrés o de trastorno mental que puede derivar tanto de factores relacionados con el trabajo como de circunstancias extrañas a él». En este caso, y examinando las declaraciones del afectado a su médico sobre la incidencia del trabajo en su estado, el fallo considera apropiado calificar este suicidio como accidente de trabajo.

Evolución del supremo

La sentencia cita los antecedentes del alto tribunal para enjuiciar los suicidios. Indica que las resoluciones dictadas hasta finales de los años sesenta solían descartar automáticamente la calificación del suicidio del trabajador como accidente de trabajo, cualesquiera que fueran sus circunstancias, incluido el consumado en tiempo y lugar de trabajo.

A partir de 1970 las decisiones jurisprudenciales no tienen siempre el mismo signo; se trata de considerar ciertos factores circunstanciales y contingentes como la conexión de causalidad entre el trabajo y la conducta del suicidio, concretándose en la existencia o no de un trastorno mental del que lo ejecuta y en la etiología laboral o no de dicho trastorno.

Gonzalo de Santiago 21/11/2007

Fuente: www.diariomedico.com

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