El minero Luis Ramos Riesco falleció el 22 de noviembre de 2011 a los 36 años tras sufrir un golpe de calor que le provocó un coma
El Juzgado de lo Social número 1 de Ponferrada ha fallado a favor de los padres de Luis Ramos, un minero que falleció en 2011 una semana después de haber sufrido un accidente laboral en una mina de la empresa Alto Bierzo en su primer día de trabajo por un golpe de calor que le provocó un coma.
El juez atiende en su sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, la demanda interpuesta por los progenitores del fallecido y condena a la empresa Alto Bierzo S.A., a la subcontrata Montajes y Obras Bierzo y a la aseguradora Mapfre Empresas al abono de forma solidaria de 92.882 euros en concepto de indemnización por la muerte del trabajador, una vez que se considera probado que se trató de un accidente laboral.
El minero Luis Ramos Riesco falleció el 22 de noviembre de 2011 a los 36 años tras sufrir un accidente de trabajo en una mina de la empresa Alto Bierzo, propiedad del empresario Manuel Lamelas Viloria, en la localidad de Torre del Bierzo.
El 14 de noviembre de ese año, el mismo día en que empezó a prestar sus servicios y sin haber trabajado anteriormente en ninguna mina, Luis Ramos fue destinado por el capataz a trabajar como ayudante minero de una chimenea de monta de carbón, según recoge la sentencia.
A las 08.00 horas llegaron a la confluencia de la guía con la chimenea de monta el picador, el trabajador accidentado y otro ayudante minero.
El picador comprobó la ventilación secundaria de la chimenea que funcionaba correctamente y los niveles de oxígeno que eran correctos, mientras que los ayudantes echaron madera en el pancer y la subieron a la parte superior de la chimenea.
Después Luis Ramos ayudó al picador a colocar un nuevo tramo de la tubería de ventilación.
A las 09:30 horas el picador, que observó que Luis Ramos no se encontraba bien pues sudaba mucho y le costaba respirar, le mandó a la galería a realizar otro trabajo que no necesitara tanto esfuerzo, cambiándole por el otro ayudante.
«En esa parte de la instalación Luis Ramos estaba solo sin nadie que supervisara su trabajo ni era visto por otros trabajadores», se añade la sentencia.
Aproximadamente ochenta minutos más tarde el picador bajó a la guía donde Luis Ramos había quedado trabajando y le encontró inconsciente y respirando muy mal, sin signos de haber sufrido un traumatismo que le hubiese causado la pérdida de conocimiento.
Fue ingresado en el Hospital del Bierzo donde falleció el día 22 de noviembre de 2011 a las 12.11 horas constando en el informe del Sacyl como juicio clínico: estado shock de origen probable en golpe de calor complicado con disfunción multiorgánica.
En el informe de la autopsia emitido con las diligencia previas seguidas con ocasión del siniestro, consta como causa de la muerte «exposición a calor excesivo de origen artificial».
La sentencia agrega que a raíz del accidente, el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de la Junta de Castilla y León emitió un informe de fecha 29 de noviembre de 2011 en el que se afirmaba que las condiciones de ventilación y temperatura en la guía observadas por un técnico se encontraban dentro de los parámetros establecidos, por lo que no se consideran determinantes a la hora de achacar el suceso a unas malas condiciones ambientales del puesto de trabajo.
«El hecho de que no se haya observado indicios de que Luis haya recibido algún golpe o que las condiciones laborales hayan sido determinantes para provocar un desvanecimiento es lo que ha llevado a los técnicos que suscriben a considerar que salvo superior criterio no procede clasificar dicho suceso como un accidente minero», concluía el informe.
No obstante, la sentencia agrega que por resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) de 19 de enero de 2012 se declaró que la contingencia determinante de la muerte de Luis Ramos Riesco fue accidente de trabajo.