Se debe contemplar el puesto del teletrabajador dentro de los programas de salud ocupacional, así como tener red de urgencias
A raíz de la pandemia, el teletrabajo se ha configurado en un trabajo idóneo que cada vez toma más fuerza en el país. Según el Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC), Colombia hoy reporta 209.000 ciudadanos en la modalidad de teletrabajo, casi el doble de los 122.278 trabajadores que desempeñaban sus labores desde casa en 2018.
Aunque no es una modalidad nueva, todavía surgen muchas inquietudes frente al reconocimiento y gestión de los accidentes de trabajo en casa, debido a que los colaboradores se encuentran expuestos a diferentes condiciones que el empleador, en algunas ocasiones, omite o en su defecto, desconoce.
En Colombia, el teletrabajo está regulado bajo la Ley 1221 de 2008, que dicta las normas para promover dicha modalidad. En este caso, se establece que mientras el trabajador continúe prestando sus servicios a la empresa, bien sea en teletrabajo o en trabajo en casa, debe estar asegurado por alguna Administradora de Riesgos Laborales, ARL.
Además, «el empleador debe contemplar el puesto del teletrabajador dentro de los programas de salud ocupacional y tener una red de atención de urgencias en caso de que ocurra un accidente o enfermedad cuando esté trabajando. Igualmente, el Decreto 1227 de 2022, reglamentario de asuntos de teletrabajo, establece las obligaciones de divulgación y entrenamiento a los trabajadores sobre los mecanismos en que deben reportar cualquier accidente o enfermedad ocurrida durante el teletrabajo», indicó Nicolas Rico, socio en Scola Abogados.
De modo que si el trabajador llegara a sufrir cualquier tipo de accidente en casa, de origen laboral, la ARL responderá por la atención médica y cualquier prestación económica que se derive de ello como, por ejemplo, las incapacidades emitidas como consecuencia de dicho accidente.
«Luego, si el trabajador considera que el empleador incumplió alguno de sus deberes de diligencia en materia de salud y seguridad aplicables en casa, o si considera que el accidente fue culpa del empleador, podría interponer una demanda por culpa patronal en contra del empleador, buscando una reparación plena de perjuicios. En caso de que dentro del proceso se encuentre culpable a la compañía, el empleador deberá responder por dicha reparación de perjuicios», agregó Rico.
¿Pero qué se considera una accidente de trabajo? según el Ministerio de Salud y Protección Social, un accidente de trabajo es aquel «que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo».
De acuerdo a lo anterior, es un accidente laboral todo suceso repentino que esté bajo la autorización del empleador y que produzca una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte del empleado.
Es por esto que la Ley de Trabajo Remoto (Ley 2121 de 2021), establece que el contrato de trabajo remoto tiene que incluir la determinación de las funciones, los días y los horarios en que el trabajador remoto deberá realizar sus actividades “para efectos de ayudar a identificar el origen en caso de accidente de trabajo”.
Considerando todo lo anterior, «si el accidente ocurre, sea en teletrabajo, trabajo remoto o trabajo en casa, mientras la persona se encuentra en su horario laboral y cumpliendo con las funciones propias de su cargo, el accidente debe entenderse como de origen laboral. En el momento en que la persona ya no se encuentra cumpliendo con sus funciones o no está actuando bajo órdenes del empleador, el accidente debe entenderse como de origen común», concluyó Rico.