Resolución SRT 613/2016: Régimen de Acciones de Control del Cumplimiento de las Obligaciones Emanadas de las Normas del Sistema de Riesgo del Trabajo por Parte de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) y Empleadores Autoasegurados (EA)
Boletín Oficial Resolución SRT 613/2016: Régimen de Acciones de Control del Cumplimiento de las Obligaciones Emanadas de las Normas del Sistema de Riesgo del Trabajo por parte de ART y EA
Buenos Aires, 01/11/2016
VISTO el Expediente N° 221.545/16 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes N° 24.557, N° 26.773, las Resoluciones S.R.T. 010 de fecha 13 de febrero de 1997, N° 735 de fecha 26 de junio de 2008, N° 2.093 de fecha 21 de agosto de 2014, N° 01 de fecha 05 de enero de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) fue creada por la Ley N° 24.557 como una entidad de carácter autárquico en jurisdicción del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T. Y S.S.), hoy MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.E. Y S.S.).
Que entre las funciones que la Ley N° 24.557 asigna a la S.R.T. se encuentran las de controlar el cumplimiento de las normas de higiene y seguridad en el trabajo, supervisar y fiscalizar el funcionamiento de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) y Empleadores Autoasegurados (E.A.) y la de imponer las sanciones previstas en dicha ley.
Que en ejercicio de las funciones detalladas en el considerando precedente y con el objetivo de asegurar un proceso de juzgamiento con sanciones proporcionales a las infracciones comprobadas, se dictó la Resolución S.R.T. N° 270 de fecha 30 de junio de 2016.
Que la actividad de la administración, orientada a la consecución del bien común de los administrados, se encuentra sometida a un proceso de mejora continua.
Que con tal objetivo como paradigma de gestión, se ha considerado necesario elaborar una norma que integre todas las instancias que implican el control de cumplimiento, juzgamiento y aplicación de sanciones a infracciones a normas del Sistema de Riesgos del Trabajo, lo cual ha redundado en la abrogación de la Resolución S.R.T. N° 270/16 a través de la Resolución S.R.T. N° 336 de fecha 16 de agosto de 2016.
Que para asegurar la unidad y la seguridad jurídica de las A.R.T./E.A., y alcanzar una adecuada coordinación de la actividad de fiscalización del cumplimiento de la legislación en materia de riesgos del trabajo, las distintas áreas de control y el área jurídica de la S.R.T. se han abocado a la elaboración y análisis de un modelo normativo integral.
Que respetando el régimen general de sanciones que establece el PACTO FEDERAL DEL TRABAJO ratificado por la Ley N° 25.212, se ha considerado conveniente clasificar, con carácter enunciativo, las infracciones a las normas del Sistema de Riesgos del Trabajo por parte de las A.R.T./E.A., aportando de este modo una herramienta para determinar la gravedad de los incumplimientos y un parámetro de orientación para la graduación de las sanciones, lo cual no obstante, no sustituye el juicio que debe realizar la autoridad que aplique la sanción dentro de sus facultades.
Que un sistema receptor de los principios de celeridad, economía y eficacia del procedimiento administrativo, debe buscar la reducción de los costos operativos, pero con la condición ineludible de ajustar a derecho la conducta o inconducta irregular constatada, procurando así una finalidad preventiva y correctiva.
Que procurando cumplir con el objetivo expuesto en el considerando anterior y atendiendo a una finalidad preventiva y correctiva, se innova estableciendo el Régimen de Pago Voluntario como mecanismo de extinción del procedimiento sancionatorio iniciado, con la implicancia del reconocimiento expreso de la infracción constatada, su regularización, y la renuncia del derecho de interponer acciones administrativas y/o judiciales en relación a la misma.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Normativos de la S.R.T. emitió el pertinente dictamen de legalidad, conforme lo dispone el artículo 7º, inciso d) de la Ley Nº 19.549.
Que la presente se dicta conforme las atribuciones conferidas por el artículo 36, inciso 1, apartado c) de la Ley N° 24.557.
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE
DE RIESGOS DEL TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º — Apruébase el “RÉGIMEN DE ACCIONES DE CONTROL DEL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES EMANADAS DE LAS NORMAS DEL SISTEMA DE RIESGOS DEL TRABAJO POR PARTE DE ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJO (A.R.T.) Y EMPLEADORES AUTOASEGURADOS (E.A.)” que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución. Ver más
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