Lo dispuso la Sala VII de la Cámara del Trabajo. El tribunal desestimó una presentación de las demandadas, donde solicitaron una reducción del monto de la condena. Por otro lado, dispuso un incremento de la reparación del concepto daño moral.
La Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la indemnización impuesta en un caso por un accidente de trabajo, en donde se cuestionó la constitucionalidad de la ley 24.557, de Riesgos del Trabajo, elevando el monto de la reparación a 155.000 pesos.
En primera instancia, la sentencia había considerado probada una incapacidad del 9% y, en virtud de la misma y ponderadas las demás circunstancias personales del actor, fijó el monto de reparación en la suma de $105.000 con más la de $20.000 en concepto de daño moral, lo que hace un total nominal de condena de 125.000 pesos.
Esa decisión fue apelada por ambas partes: el trabajador requirió que se eleve el concepto por daño moral y las demandadas solicitaron la reducción del monto de la condena.
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