Bajas por estrés del profesorado: entre la contingencia común o el accidente de trabajo

Cada vez más docentes se sienten estresados en su trabajo diario debido a los problemas de comportamiento del alumnado y la falta de apoyo de las familias.
Si una baja por estrés se cataloga como accidente de trabajo el afectado tiene más compensaciones económicas y corren a cargo de la mutua y no de la Seguridad Social.

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El ‘Síndrome de Burnout’ o ‘Síndrome de estar quemado’ es como se denomina al estrés laboral crónico y es algo que cada vez está más presente entre el profesorado, que debe estar en permanente contacto con los alumnos. Los profesores que lo padecen sienten que la situación les ha desbordado y que su capacidad de adaptación a la nueva realidad es mínima. En ese momento es cuando caen de baja. Pero, ¿cuál es la diferencia entre que esa baja sea considerada como una contingencia común o que se reconozca como un accidente de trabajo? Pues la diferencia es considerable, sobre todo, de tipo económico. Si al afectado se le reconoce que ha sufrido un accidente de trabajo las prestaciones económicas son mayores y corren a cargo de la mutua.

El pasado mes de enero, el mal comportamiento de una alumna del Instituto de Educación Secundaria de Balmaseda (Bizkaia) provocó una situación de tensión con una docente, que la llevó a vivir “angustia, impotencia e incapacidad para controlar el llanto”, lo que le impidió continuar su actividad laboral. Hasta aquí, un episodio como los que ocurren cada vez más a menudo, de mal comportamiento escolar. Pero la novedad en esta ocasión es que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en Bizkaia ha reconocido como un accidente de trabajo el periodo de baja médica por ansiedad que ha atravesado la profesora hasta que se hay incorporado nuevamente a su puesto de trabajo.

Alfonso Ríos, responsable de Salud Laboral de Comisiones Obreras Euskadi, explica que “habitualmente este tipo de casos no se reconocen como accidentes de trabajo. La mutua deriva a Osakidetza y se cataloga como una enfermedad común. Los docentes tienen que mentalizarse de que se puede reclamar”.

Y es que las ventajas de que el episodio de estrés continuado sea declarado como accidente de trabajo resultan evidentes. Si la baja se debe a un accidente de trabajo o enfermedad profesional, el trabajador recibe el 75% de la base de cotización por contingencias profesionales del mes anterior a la baja médica. Y la empresa asume el primer día de baja y la mutua desde el día siguiente hasta la fecha de alta médica. A esto hay que sumar otro tipo de prestaciones a las que se tienen derecho, así como el pago de los medicamentos y del tratamiento que se siga.

En cambio, si la baja es por enfermedad común o accidente no laboral, el trabajador no percibirá cantidad alguna del primer al tercer día. Del cuarto al decimoquinto día, se abona el 60% de la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior a la baja médica, y el pago lo asumirá la empresa. Del decimosexto día al vigésimo se abonará el 60%, si bien en este caso será el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) el que asuma el pago.

Según la percepción del profesorado, las principales causas de estrés en el colectivo están relacionadas con el comportamiento del alumnado, un apartado en el que se incluyen insultos, desconsideraciones o presenciar agresiones entre los estudiantes. También destaca el estrés que siente el profesorado por la falta de apoyo de las familias de los alumnos a la hora de gestionar situaciones disciplinarias, el excesivo número de alumnos por clase y enseñar a personas que no valoran la educación.

En un segundo nivel se encuentran factores como mantener la disciplina al impartir clase, hacer frente a los alumnos «que intentan probarte para ver hasta dónde llegas», realizar cosas con las que se está en desacuerdo.

Según Alfonso Ríos, se está produciendo un “verdadero repunte” de los riesgos de tipo psicosocial que sufren profesores y también el personal sanitario debido a las situaciones que se generan con alumnos y pacientes. “Los servicios de prevención deben ocuparse de estos peligros durante las evaluaciones de riesgos psicosociales, algo que a día de hoy no se está abordando en muchos casos. Hay un subregistro de enfermedades profesionales, con lo que no existe una fotografía real de la situación. Y así no se establecen los sistemas de prevención de riesgos laborales que son precisos. Es como una pescadilla que se muerde la cola”.

Fuente: www.eldiario.es

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