Chernóbil, 36 años

El próximo 26 de abril se cumplirán 36 años de la explosión del reactor cuatro de la Central Eléctrica Atómica de Chernóbil, orgullo tecnológico de la desaparecida Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas (URSS).

Se trata, sin lugar a dudas, del peor accidente nuclear en la historia de la humanidad y de uno de los más grandes desastres del Siglo XX —si es que no del mayor—, ya que junto a los daños a la salud de quienes estuvieron expuestos a la radiación y los millones de euros en pérdidas económicas, los efectos en el medio ambiente tardarán más de 20 mil años en desaparecer.

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Muerte de un operario de YCRT: habría ingerido la sustancia “confundiéndola con agua”

El subgerente de Seguridad y Medioambiente de YCRT, Facundo Casas, se refirió a la muerte del trabajador de una subcontratista. «Tanto nosotros como la empresa contratista estamos juntando toda la documentación para ponerla a disposición de la Justicia», expresó.

A primera hora del miércoles se produjo el fallecimiento de un trabajador de la usina de 240 MW de la empresa YCRT, quien se encontraba en horario laboral y desempeñaba tareas para una empresa subcontratista.

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A 50 Años De La Ley De Higiene Y Seguridad, Promulgada En El Marco De Una Dictadura, Hoy Es Una Ley Desteñida Para La Realidad De Los Profesionales Y Técnicos

Convencido que la historia debe ser escrita sobre la base de la democracia, es necesario rememorar en abril, los 50 años de la Ley 19587/72, una ley impropia para los tiempos que vivimos.

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Un trabajador de una fábrica se cortó los dedos con un cortador de verduras y luego los jefes los «tiraron a la basura»

Un trabajador de una fábrica que hace sushi para marcas como Waitrose y Sainsbury’s dice que sus jefes tiraron las yemas de dos de sus dedos después de un accidente industrial y luego le sugirieron que reservara un taxi Bolt en lugar de llamar a una ambulancia.

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Un trabajador muere en una explosión en el astillero Hyundai Heavy

Un trabajador ha muerto este sábado en una explosión en un astillero de Hyundai Heavy Industries Co. en la ciudad portuaria de Ulsan, en el sureste del país, dijo la policía.

El empleado de unos 50 años, contratado por un subcontratista, estaba cortando planchas de acero con gas oxicombustible cuando la explosión ocurrió a las 7:48 a. m. en una planta del constructor naval más grande del mundo en la ciudad, 415 kilómetros al sureste de Seúl.

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Si no es empleado no lo cubre la ART

El STJ de Corrientes rechazó la pretensión indemnizatoria de un obrero que se lastimó en una obra pero no pudo comprobar que existía una relación de trabajo con la parte demandada. La contratación fue por palabra y para los jueces no resultó prueba suficiente.

El Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Corrientes rechazó por unanimidad el recurso extraordinario presentado por un albañil que demandó por daños y perjuicios a un hombre que lo contrató verbalmente para realizar modificaciones en su domicilio, por la falta de pruebas para comprobar la relación laboral.

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Muere un trabajador al caer de una nave industrial a Rubí mientras montaba una línea de vida

Los Mossos d’Esquadra investigan las causas del accidente

Un trabajador de una empresa de mantenimiento ha muerto este martes a primera hora de la tarde al caer mientras montaba una línea de vida en una nave industrial de Rubí (Vallès Occidental).

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Un trabajador se ha precipitado desde la cesta de una grúa situada a unos 10 metros de altura cuando se encontraba trabajando en el Santuario de la Virgen de Gracia de Caudete

“La elevación de trabajadores solo está permitida con los equipos de trabajo y accesorios previstos y no puede utilizarse una grúa de elevación de cargas para elevación y desplazamiento de personas trabajadoras”

El secretario provincial de seguridad y salud laboral de CCOO Albacete ha subrayado la importancia de trabajar con los medios adecuados, de modo que en su uso se garantice la seguridad y la salud de los trabajadores y trabajadoras

El secretario provincial de seguridad y salud laboral de CCOO Albacete, Francisco Honrubia, ha lamentado el nuevo accidente laboral ocurrido este mediodía en la provincia de Albacete.

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Rescatan a trabajadores correntinos, víctimas de explotación laboral en Córdoba

La Afip realizó el operativo donde verificó las malas condiciones en las que vivían las personas.

La Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social de la Afip rescató a  trabajadores correntinos víctimas del trabajo ilegal y explotación laboral en tambos de la provincia de Córdoba, informó este lunes el organismo. 

Durante los operativos se detectaron distintas irregularidades laborales como jornadas de trabajo superiores a las 12 horas, falta de registración, vestimenta inadecuada para las tareas, además de que los trabajadores vivían en condiciones de precariedad.

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Decreto 144/2022: Reglamentación artículo 179 Ley de Contrato de Trabajo (ley 20.744 t.o. 1976). Espacios de cuidado para niños y niñas de entre 45 días y 3 años de edad.

Ciudad de Buenos Aires, 22/03/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-04244277-APN-DGD#MT, la Ley N° 23.179 aprobatoria de la “CONVENCIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER”, la Ley N° 23.313 que aprueba el “PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES”, el Convenio 156 “CONVENIO SOBRE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y DE TRATO ENTRE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS: TRABAJADORES CON RESPONSABILIDADES FAMILIARES”, adoptado por la Conferencia General de la ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO (OIT) y aprobado por la Ley N° 23.451, la Ley N° 23.849 que aprueba la “CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO”, el “PACTO FEDERAL DEL TRABAJO”, ratificado por el ANEXO “A” de la Ley N° 25.212, la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, las Leyes Nros. 14.250 (t.o. 2004), 26.844 y 27.555 y el fallo de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN de fecha 21 de octubre de 2021, dictado en autos “Etcheverry, Juan Bautista y otros c/ EN s/ amparo ley 16.986” CAF 49220/2015/1/RH1, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el pronunciamiento de fecha 21 de octubre de 2021, dictado en autos “Etcheverry, Juan Bautista y otros c/ EN s/ amparo ley 16.986”, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN confirmó la sentencia de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, por la que se condenó al PODER EJECUTIVO NACIONAL a reglamentar, en el plazo de NOVENTA (90) días hábiles, el artículo 179 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, en tanto dispone: “…En los establecimientos donde preste servicios el número mínimo de trabajadoras que determine la reglamentación, el empleador deberá habilitar salas maternales y guarderías para niños hasta la edad y en las condiciones que oportunamente se establezcan”.

Que si bien la literalidad de la norma que se reglamenta alude a situaciones donde se trata de trabajadoras mujeres, una interpretación ajustada a derecho, conforme las cláusulas de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, especialmente en los artículos 14 bis y 75, incisos 22 y 23 obliga a contemplar en la reglamentación a todas las personas que trabajan, con independencia de su género.

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