La Cámara Laboral declaró la inconstitucionalidad del art. 14, apartado 2, inciso b) de la Ley de Riesgos de Trabajo, que establece el monto a recibir por aquellas personas afectadas de una incapacidad laboral permanente parcial (superior al 50% e inferior al 66%). Los jueces entendieron que ello importa un tratamiento discriminatorio para los damnificados víctimas de las incapacidades más severas en tanto a quienes sufren una minusvalía de rango inferior se les reconoce una indemnización de pago único.
Categoría: Judiciales
Trabajo sancionará a la Academia de Infantería por contratar a un 'sin papeles' que murió en accidente laboral
La Academia de Infantería de Toledo y el Ministerio de Defensa deberán asumir la responsabilidad subsidiaria de las sanciones que la autoridad laboral les imponga por la muerte el pasado 20 de junio de un trabajador de origen marroquí en situación irregular. El fallecimiento se produjo cinco días después de haberse accidentado en el interior de estas dependencias militares.
Maymoun Aolad El Fadel, de 23 años, murió después de haber permanecido en coma durante cinco jornadas en el hospital ‘Virgen de la Salud’ de Toledo tras caer desde una cubierta a cinco metros de altura. La Inspección de Trabajo investigó este caso y ahora ha emitido un informe en el que revela que la empresa contratada por la Academia de Infantería para realizar unas obras de reforma, ‘Francisco Iglesias Montero’, cometió hasta seis faltas, una de ellas muy grave y el resto graves.
En concreto, según informó este jueves el secretario de Salud Laboral de CC.OO. en Castilla-La Mancha, Julio López, ‘no notificó el accidente en los plazos establecidos por la ley, incumplió las medidas preventivas para trabajos en altura, no cumplió la legislación sobre trabajos con riesgo de amianto y el trabajador fallecido no disponía de permiso de trabajo para la actividad de la construcción’.
Por todo ello, CC.OO. anunció que trasladará este informe a la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Toledo y pedirá la máxima sanción económica para la empresa, la Academia de Infantería y el Ministerio de Defensa como administración que debe garantizar el cumplimiento de la ley.
Desde la Academia de Infantería, su director, el general César Muro Benayas, que precisamente este jueves tomó posesión de su cargo, afirmó que tanto esta institución como el Ministerio asumirán la responsabilidad subsidiaria por este accidente laboral. No obstante, el general Muro Benayas indicó que ‘la Academia detectó el día del accidente que había entrado un obrero que no estaba con las condiciones requeridas y rápidamente avisó a la empresa de que no había entregado la documentación para que lo hiciera lo antes posible’. ‘Desgraciadamente, a lo largo de esa mañana ocurrió el triste accidente’, añadió el general.
El riesgo de trabajar en la construcción
La Cámara Civil condenó al laboratorio Merial Argentina S.A. a pagarle una indemnización de $10.000 a un obrero que se contagió brucelosis mientras hacía unas reparaciones en sus instalaciones, pese a que había sido contratado por otra empresa. Los jueces destacaron que era innecesario declarar inconstitucional varios artículos de la Ley de Riesgo de Trabajo para accionar contra el tercero.
La incapacidad psicofísica y el daño moral
La Cámara Civil condenó a la empresa de colectivos Plaza en una demanda de daños y perjuicios y modificó los montos indemnizatorios otorgados en primera instancia. Sobre la incapacidad fÃsica explicaron que su finalidad es cubrir â??todos las esferas de su personalidadâ??. En relación al agravio moral afirmaron que lo dañado â??son bienes de goce, afección y percepción emocional y fÃsicaâ??.
FALLO COMPLETO ver www.diariojudicial.com
Indemnizan por accidente de trabajo
La Cámara Cívil condenó a una empresa a indemnizar a un empleado en los términos de la derogada ley 24.028. Lo hizo al entender que el actor contrajo una enfermedad en el momento que esa ley estaba en vigencia y que tuvo conocimiento de su infección tiempo después.
Rechazan reclamo de empleado en accidente laboral
La Cámara Civil rechazo la demanda de un trabajador al considerar que hizo mal uso de un elevador de automóviles, perteneciente a su empleadora. Acreditó que el empleado se apartó del manual de la máquina y que por ende no se puede hacer lugar al vicio de la cosa.
VER FALLO COMPLETO