ART obligada a pagar por una rehabilitación

La Cámara Laboral de Bariloche reconoció el derecho de un trabajador, lesionado por levantar bolsas con 50 kilos de tierra. No querían cubrir la operación necesaria.

SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- La Cámara Laboral de esta ciudad hizo lugar a la apelación interpuesta por un trabajador y ordenó a la ART Consolidar que le brinde las prestaciones médicas y dinerarias previstas por la ley de accidentes de trabajo hasta su «curación completa».

El damnificado, Alejandro Núñez, sufrió una severa lesión lumbar a raíz de un accidente de trabajo ocurrido el 20 de octubre de 2006, mientras realizaba sus tareas habituales. La dolencia – desatada por un esfuerzo al «levantar bolsas de 50 kilos de tierra» – le produjo una incapacidad del 100 por ciento para realizar las tareas de esfuerzo que demanda su trabajo.

La curación requiere una intervención quirúrgica que la ART desconoció, basada en un dictamen médico que atribuyó la lesión a una «patología preexistente» y eximiendo a Consolidar de brindar las prestaciones de ley (24.557).

De hecho, el paciente recibió tratamiento médico, farmacológico, rehabilitación y fue dado de alta sin un diagnóstico preciso sobre la lesión.

Ante la continuidad de la dolencia Nuñez apeló la junta médica realizada en Viedma y se sometió a un examen del médico forense, que en mayo de este año constató que «la sintomatología comenzó con el esfuerzo» y estimó que «en ese momento se produjo la protusión (hernia) del núcleo pulposo del 5º disco lumbar».

La Cámara Laboral barilochense entendió que la comisión médica original cumplió con una «mera formalidad» al reconcoer el accidente de trabajo pero atribuir la lesión a una «patología preexistente», eximiendo a la ART de brindar las prestaciones previstas por ley.

En su falló los jueces destacaron que «sin tratamiento quirúrgico, la incapacidad laborativa para el desarrollo de sus tareas habituales es total -100% – y debe ser considerada como permanente y consolidada por haber transcurrido más de un año».

La sentencia prevé la constitución de una comisión médica para fijar la «eventual incapacidad» una vez concluídos los tratamientos médicos.

Fuente: www.rionegro.com.ar

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