ART: crearán seguro para cubrir demandas civiles por accidentes

Buenos Aires, 24 enero 2011 (09:53) | NOSIS

El Gobierno nacional implementará en los próximos días, un seguro que le permitirá a las empresas cubrirse de las demandas de sus empleados por daño civil, cuando sufran accidentes de trabajo.

Hace dos meses la presidenta Cristina Fernández aseguró a los empresarios que participaban del Congreso de la Federación Argentina de Entidades Empresarias del Autotransporte de Carga (Fadeeac) que les ofrecería una solución a la doble vía para terminar con la «industria del juicio».

La Superintendencia de Seguros de la Nación emitirá en los próximos días la reglamentación de ese seguro, según informó El Cronista Comercial. El tope de la cobertura sería de un millón de pesos, y tendría un costo extra para las empresas que todavía no se habría determinado.

El nuevo seguro podría ser ofrecido tanto por las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo como por las compañías de seguro generales, según explicó Juan González Gaviola, superintendente de Riesgos del Trabajo.

En ese sentido, las ART estarían en contra de que se cree la cobertura especial para daño civil, pero habría compañías de seguros generales interesadas en ofrecerlo. Mientras tanto, el pago de indemnizaciones por daño civil en caso de accidentes o enfermedades laborales está siendo ordenada a las empresas por los jueces del fuero laboral.

Desde 2004, cuando la Corte Suprema de Justicia, presidida por Ricardo Lorenzetti, emitió el primer fallo que reabrió la vía civil a los trabajadores, la cantidad de juicios por accidentes de trabajo pasó de 2.947 a 50.019 en noviembre de 2010, y de 54.559 para todo el año pasado.

La Ley de Riesgos del Trabajo que creó las ART prevé compensar con una indemnización limitada, la incapacidad parcial o total que pueda provocar el accidente, en un régimen cerrado. Pero, el fallo «Aquino» que emitió la Corte Suprema de Justicia en 2004 declaró la inconstitucionalidad del artículo 39 de la Ley de Riesgos del Trabajo, que limitaba a casos excepcionalísimos el reclamo de un trabajador por la vía civil, en los casos de accidente o enfermedades laborales.

Y según un informe del estudio Adrogué, Marqués, Zabala & Asoc esa sentencia y el juego normativo vigente impiden que la empresa pueda cubrirse con la ART de estas contingencias, produciéndose un doble juego perverso para la empresa.

En ese sentido, por un lado rige la obligatoriedad del seguro de la ART, que cubre contra el riesgo laboral por accidente o enfermedad del trabajo, pero al mismo tiempo existe una falta de cobertura cuando se ataca la constitucionalidad del artículo 39 y se reclama por la vía civil.

En la vía civil no existe además, un tope como el que establece la Ley de Riesgos del Trabajo para la reparación por incapacidad total o parcial del trabajador.

Por otro lado, la Unión Industrial Argentina (UIA) manifestó su disconformidad con la creación del seguro y Daniel Funes de Rioja, abogado laboralista de la entidad, pidió medidas de fondo para reducir la alta litigiosidad del sistema.

Por su parte, González Gaviola reconoció que el nuevo seguro no es una solución de fondo sino algo provisional, mientras se resuelve el problema de la alta litigiosidad del sistema, como nos pidió la Presidenta.El tema de la demanda civil tiene que tener una solución legislativa y deviene de una ley que fue muy mezquina sobre lo que se pagaba a los trabajadores», sostuvo el superintendente de seguros en declaraciones a El Cronista

Fuente:

http://www.nosis.com.ar/

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