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Las inspecciones sobre igualdad en la empresa tendrán carácter permanente

El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ha suscrito un convenio de colaboración con el Ministerio de Empleo y Seguridad Social que dará carácter “permanente” a las actuaciones de la Inspección de Trabajo en materia de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en el ámbito de la empresa.

En concreto, el convenio, tiene como objetivo “el mantenimiento de la actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en una actividad

de carácter permanente y no basada en planes o campañas de carácter temporal, sin perjuicio de las campañas específicas que eventualmente, y dentro de esta actuación permanente, puedan planificarse sobre áreas, materias concretas o aspectos concretos de la legislación en materia de igualdad”.

En este sentido, ambos ministerios se comprometen a intercambiar información a fin de identificar las áreas prioritarias de actuación, así como acuerdan establecer “criterios de selección de las empresas a incluir en las actuaciones inspectoras” para el “mantenimiento permanente de una actividad programada por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social”.

El acuerdo, firmado la pasada semana por las responsables de Sanidad y Empleo, Ana Mato y Fátima Báñez, respectivamente, parte de que “el mercado de trabajo en España continúa presentando un importante desequilibrio entre mujeres y hombres”, por lo que “se hace necesario avanzar en la colaboración entre ambos ministerios”.

“Se confirma que los distintos estereotipos existentes en la sociedad han condicionado la composición y evolución del mercado de trabajo, dando lugar a la segregación horizontal y vertical del mismo, a mayores dificultades para el acceso al empleo de las mujeres en determinados sectores y actividades y a ciertos obstáculos para su desarrollo y promoción profesional”, reza la introducción del convenio.

Por ello, se comprometen a impulsar el “cumplimiento de las obligaciones establecidas” en la Ley de Igualdad en relación con “los planes y medidas de igualdad, la discriminación salarial de género, la prevención de riesgos laborales con un enfoque de género, el acoso sexual y por razón de sexo, la discriminación por razón de sexo en la negociación colectiva, discriminación en el acceso al empleo y en la relación laboral y los derechos sobre la conciliación de la vida laboral, personal y familiar”.

Fuente: http://blog.grupotp.org

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