Así lo entendió la Sala Laboral del TSJ de Córdoba, que indemnizó por daño material y moral a un empleado que padeció una “minusvalía total y absoluta” como consecuencia de la explosión de un horno.
“Este elemento – dijeron los jueces – aunque pueda no ser conceptualizado per se como peligroso, adquirió ese carácter en las circunstancias de hecho acontecidas”.
Fuente www.diariojudicial.com