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Francia deroga del artículo del código penal que definía el delito de acoso sexual en el trabajo

Todos los procesos que se están desarrollando en Francia en este momento por acoso sexual en el trabajo se quedaron el pasado 4 de mayo sin base jurídica al derogarse el artículo 222-33 del código penal que definía el acoso sexual. El artículo ha sido derogado por el Consejo Constitucional Francés al considerar que el delito estaba definido con poca claridad.

La consulta de constitucionalidad la plantea al Consejo Constitucional Frances CCF, Gérard Ducray, ex secretario de Estado de Turismo y diputado de Rhône, condenado en 2011 por acoso sexual a tres funcionarias de su departamento. La argumentación del Consejo Constitucional es que el delito no está descrito con suficiente claridad al afirmar que se considera acoso sexual al «el hecho de acosar a una persona usando órdenes o amenazas con el objetivo de conseguir favores de naturaleza sexual, abusando de la categoría que le confieren sus funciones”.

La Asociación Europea contra la Violencia que sufren las mujeres en el trabajo (AVFT) ha escrito una carta al nuevo presidente de República, François Hollande, para expresar su indignación ante este retroceso. La AVFT lleva más de diez años intentanto que se reforme dicho articulado que en su opinión es contradictorio y victimiza más a las mujeres pero nunca ha recibido respuesta a las distintas propuestas de mejora presentadas. Sin embargo, ahora, a propuesta de un hombre condenado por acoso, el consejo constitucional ha derogado el artículo: «Se trata de un enorme signo de desprecio y de hostilidad de los poderes públicos hacia las mujeres» afirma la delegada general de AVFT, Marilyn Baldeck.

Fuente: www.istas.net

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