strong>Por JOSÉ IGNACIO LLINAS CHICA
Según datos suministrados por el defensor del Pueblo Volmar Pérez, y eso es lo que se conoce, en Colombia durante los últimos tres años se han
En consecuencia, ¿por qué el principal renglón de la economía colombiana representa tan oneroso costo en vida e integridad física a los trabajadores que contribuyen a su explotación económica?, la respuesta salta a la vista, no existe en Colombia una política encaminada a la protección de los trabajadores de la minería que implemente estándares de seguridad industrial. Prueba reina de ello es que el marco jurídico que ampara a los obreros de este sector económico es el decreto 1335 de 1987 por medio del cual se expide el reglamento de seguridad en las labores subterráneas mineras, es decir, tiene 14 años de antigüedad, completamente obsoleto para los avances tecnológicos de este sector productivo e incluso a la evolución del Sistema General de Seguridad Social en riesgos profesionales que recibió un giro copernicano con la aparición en el panorama jurídico de la Constitución de 1991 y la Ley 100 de 1993 y el conjunto de sus decretos reglamentarios; amén que haciendo un parragón constituye este estatuto un perro mueco por la carencia de herramientas sancionatorias que hagan efectivamente ejemplarizante las violaciones de las normas sustantivas contenidas en este acerbo normativo.
Por otra parte, en Colombia existen cerca de tres mil canteras operativas, la inmensa mayoría inmersa en condiciones de ilegalidad, y solo contamos con 16 inspectores para todo el territorio nacional, resultan contadas con los dedos de la mano «y sobran dedos» las compañías mineras que cumplen con los estándares de seguridad industrial pese al riesgo físico por el desplazamiento de roca en los túneles y riesgo químico representado por la generación de gases y la producción de metano que significa la explotación de yacimientos subterráneos.
En el caso concreto de la Mina La Preciosa que tiene de luto a la nación, para que se hagan una idea, se producen o extraen tres mil toneladas métricas de carbón a un precio en los mercados internacionales de $287.89 dólares tonelada, y en donde estaba entonces la lámpara de Seguridad «benona» o el Metanómetro, Oxigenómetro, Psicómetro, Anemómetro, Bomba detectora de gases, el Sistema Obligatorio de Ventilación que garantice un mínimo de 19% de volumen de oxígeno en las condiciones atmosféricas donde el trabajador desempeña sus labores, o mínimo un sitio de seguridad en caso de verse atrapados como el que le permitió vivir a los trabajadores recientemente rescatados en Chile.
Desde ya debe implementarse un debate amplio, para establecer una política Estatal de protección a la parte más vulnerable de este sector tan importante en la economía nacional «los Trabajadores», debe pensarse inmediatamente en fortalecer económicamente los instrumentos de Vigilancia Inspección y Control de las condiciones técnicas y laborales en que se desempeña la labor minera, endurecer las herramientas sancionatorias del Estado para los infractores e ilegales, e incluso pensar en la obligatoriedad de pólizas de seguro que ampare la vida e integridad física de los obreros. ¿Cuántos muertos más tendremos que llorar para iniciar el debate?