Hombre recibe descarga eléctrica mientras soldaba en Torreón

Los hechos ocurrieron cuando el empleado soldaba una estructura metálica cerca de cables de alta tensión.

Un obrero resultó con quemaduras al recibir una descarga eléctrica mientras realizaba trabajos de soldadura de estructura, en un segundo piso de una obra en construcción en la colonia Los Viñedos de Torreón.

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Operario está delicado con el 40% del cuerpo quemado

Sergio Cárdenas sufrió un accidente en el yacimiento de Sinopec, en Cañadón Seco. Con casi la mitad de su cuerpo y vías aéreas quemadas, su estado es reservado. Petroleros Privados culpa a la operadora.

En la tarde del martes ocurrió un accidente de trabajo en el yacimiento de Sinopec Argentina, en Cañadón Seco. Se produjo una explosión que lesionó a dos trabajadores. Uno de ellos es un supervisor de la operadora, que sufrió quemaduras leves en el rostro, y está fuera de peligro.

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Dos heridos graves tras una explosión en una empresa de Luján

Las víctimas estaba soldando un tubo que contenía un químico inflamable. Las trasladaron al Hospital Lagomaggiore.

Una explosión se registró la tarde de este lunes en una empresa de transporte en Luján. El siniestro dejó dos heridos de gravedad que fueron trasladados al Hospital Lagomaggiore.

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Decreto 1.149/2019: Protocolo para Prevención y Mitigación de Explosiones de Polvo en Plantas de Acopio, Acondicionamiento, Procesamiento y Terminales Portuarias que Manipulan Cereales, Oleaginosas y Subproductos Sólidos Derivados

SANTA FE, “CUNA DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL”

24 MAY 2019

VISTO:

El expediente Nro. 01606-0018997-1, del registro del Sistema de Información de Expedientes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; y

CONSIDERANDO:

Que en las presentes actuaciones la Dirección Provincial de Salud y Seguridad en el Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de esta Provincia gestiona la aprobación del “PROTOCOLO PARA PREVENCIÓN y MITIGACIÓN DE EXPLOSIONES DE POLVO EN PLANTAS DE ACOPIO, ACONDICIONAMIENTO, PROCESAMIENTO Y TERMINALES PORTUARIAS QUE MANIPULEN CEREALES, OLEAGINOSAS Y SUBPRODUCTOS SÓLIDOS DERIVADOS”;

Que el Convenio N° 81 – Convenio sobre la inspección del Trabajo – del año 1947 de la Organización Internacional del Trabajo refiere a todo lo atinente a la inspección del Trabajo en la Industria y el Comercio;

Que por su parte el Convenio N° 129, también del Organismo Internacional mencionado, en cuanto a la inspección del trabajo en la agricultura, ha expresado que el sistema de inspección del trabajo se sostiene en tres pilares ejes;

– Velar por el cumplimiento de las disposiciones legales relativas a las condiciones de trabajo y a la protección de los trabajadores en ejercicio de su profesión;

– Facilitar información técnica y asesorar a empleadores y trabajadores sobre la manera más efectiva de cumplir con las disposiciones legales;

– Poner en conocimiento de la autoridad competente las deficiencias o los abusos que no estén específicamente cubiertos por las disposiciones legales existentes;

– Que en la medida en que ellos se mantengan en total armonía logran alcanzar los objetivos propuestos por O.I.T.;

Que en el sistema de inspección propuesto por la Organización Internacional del Trabajo, se considera y promueve la existencia de asesoramiento por parte de la autoridad de trabajo de los empleadores;

– Que el gobierno provincial ha adherido al concepto de trabajo decente acuñado por la O.I.T., que lo define como “aquel que es prestado en condiciones de libertad, equidad, seguridad y dignidad humana”;

– Que la Constitución de la Provincia de Santa Fe contiene clausulas operativas que obligan al Estado a brindar protección y especial tutela a la persona humana, asi como caracteriza a la salud de derecho fundamental del individuo e interés de la colectividad,( artículos 7 y 19);

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Un herido tras la explosión de un tanque de oxígeno en el norte de Quito


La explosión fue reportada hoy, lunes 10 de diciembre del 2018, en sector de Carcelén Industrial, en el norte de Quito. Foto: Eduardo Terán / EL COMERCIO

Una explosión de un tanque de oxígeno ocurrió la mañana de hoy, lunes 10 de diciembre del 2018, en las calles Eloy Alfaro y N73 del sector de Carcelén Industrial, en el norte de la capital.

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Resolución 347/2018: Reglamento Técnico Marco Requisitos y Características Esenciales de Calidad y Seguridad de los Equipos Sometidos a Presión Con y Sin Fuego

Resolución 347/2018: Reglamento Técnico Marco Requisitos y Características Esenciales de Calidad y Seguridad de los Equipos Sometidos a Presión Con y Sin Fuego

SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

Boletín Oficial Resolución 347/2018: Reglamento Técnico Marco Requisitos y Características Esenciales de Calidad y Seguridad de los Equipos Sometidos a Presión Con y Sin Fuego

Anexo I Resolución 347/2018: Reglamento Técnico Marco Requisitos y Características Esenciales de Calidad y Seguridad de los Equipos Sometidos a Presión Con y Sin Fuego

Anexo II Resolución 347/2018: Reglamento Técnico Marco Requisitos y Características Esenciales de Calidad y Seguridad de los Equipos Sometidos a Presión Con y Sin Fuego

Ciudad de Buenos Aires, 22/10/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-42819173- -APN-DGD#MP, las Leyes Nros. 22.802 y sus modificatorias, y 24.425, el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, y la Resolución N° 299 de fecha 30 de julio de 2018 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que la promulgación de la Ley N° 24.425 importa la aprobación del Acta Final que comprende los resultados de la Ronda Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales, las Decisiones, Declaraciones y Entendimientos Ministeriales, y el Acuerdo de Marrakech por el que se establece la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO (OMC).

Que el citado acuerdo contiene, en su Anexo 1A, el Acuerdo Sobre Obstáculos Técnicos al Comercio, el cual reconoce que no debe impedirse a ningún país que adopte las medidas necesarias para asegurar la calidad de sus exportaciones, la seguridad nacional, la protección de la salud de las personas y animales, la protección del ambiente, la preservación de los vegetales y la prevención de prácticas que puedan inducir a error.

Que, en virtud de ello, es función del ESTADO NACIONAL procurar alcanzar dichos objetivos legítimos a través del dictado de la normativa correspondiente.

Que, asimismo, es función de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, en el ámbito de su competencia, garantizar a las personas la protección de la salud, seguridad y bienestar a través del establecimiento de requisitos técnicos de los productos que se comercialicen en el territorio nacional y que, en ese sentido, la calidad de los productos es un factor esencial para garantizar tales fines. Ver más