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Análisis del Artículo 171. Sector de Incendio. Protección Contra Incendios. Decreto 351/79 Reglamento de Higiene y Seguridad en el Trabajo

Para entender el análisis y alcance del artículo 171, que establece condiciones al Sector de Incendios, primero es conveniente empezar analizando la definición de Resistencia al Fuego (Inciso 1.10 Anexo VII) y la de Sector de Incendios (Inciso 1.11 Anexo VII).

1.10. Resistencia al fuego: Propiedad que se corresponde con el tiempo expresado en minutos durante un ensayo de incendio, después del cual el elemento de construcción ensayado pierde su capacidad resistente o funcional.

Análisis: En términos simples se puede decir que la resistencia al fuego es el tiempo que un elemento pierde la capacidad de cumplir la función para la cual fue diseñado. Si hablamos de una estructura portante, es el tiempo que esa estructura sometida a los efectos de un incendio colapsa y se derrumba.
El concepto de Resistencia al Fuego está en relación con la capacidad de evacuación del humo de incendio y por consiguiente del calor de la combustión, cuando menos capacidad de evacuar humo tenga un sector de incendio, o cuanto más rápido se genera el calor, más tiempo de resistencia al fuego necesita para compensar la mayor velocidad de aumento de la temperatura de la estructura.

1.11. Sector de incendio: Local o conjunto de locales, delimitados por muros y entrepisos de resistencia al fuego acorde con el riesgo y la carga de fuego que contiene, comunicado con un medio de escape.

Análisis: El sector de incendio es un lugar con una resistencia al fuego tal que permite durante el tiempo de resistencia al fuego: estabilidad estructural, tiempo seguro de evacuación y da tiempo a la respuesta de los servicios de emergencia.
Como el Medio de Escape es un camino seguro que conduce a una salida, el sector de incendio protege a sus ocupantes de los incendios externos o deja confinado un incendio dentro de un sector de incendio y por lo tanto da tiempo de evacuación.
El sector de incendio debe estar complementado con un adecuado sistema de evacuación de humo de incendio, tanto sea para evacuar el humo como para evitar el ingreso del mismo desde otro sector de incendio.

Artículo 171. — Los sectores de incendio, excepto en garajes o en casos especiales debidamente justificados a juicio de la autoridad competente, podrán abarcar como máximo una planta del establecimiento y cumplimentarán lo siguiente:

Análisis: La excepción de los garajes tiene que ver con la imposibilidad funcional de aislar piso por piso. También hay otras excepciones, que la debe autorizar la SRT como Autoridad de Aplicación, como por ejemplo algunos tipos de edificios industriales que por sus instalaciones necesarias para producir, hace muy difícil o imposible técnicamente tal situación. La limitación de que un sector de incendios sea como máximo una planta (piso) tiene como objetivo evitar la propagación de los incendios.

1. Control de propagación vertical, diseñando todas las conexiones verticales tales como conductos, escaleras, cajas de ascensores y otras, en forma tal que impidan el paso del fuego, gases o humo de un piso a otro mediante el uso de cerramientos o dispositivos adecuados. Esta disposición será aplicable también en el diseño de fachadas, en el sentido de que se eviten conexiones verticales entre los pisos.

Análisis: Es el más importante de los dos controles de propagación, dado que el principal movimiento de un penacho de incendio, y con él los temibles inquemados y el calor, es hacia arriba, y con ellos la propagación en forma muy rápido de los incendios y muertos por gases tóxicos. La aislación se debe dar en todo lugar donde exista conexión de piso con piso, incluso en la fachado de los edificios, especialmente las ventanas, que es uno de los lugares por donde se va a propagar el incendio desde abajo y desde afuera. Las cajas de escaleras y de los ascensores, incluido los sistemas de ventilación, son las principales vías de comunicación entre los pisos.

2. Control de propagación horizontal, dividiendo el sector de incendio, de acuerdo al riesgo y la magnitud del área en secciones, en las que cada parte deberá estar aislada de las restantes mediante muros cortafuegos cuyas aberturas de paso se cerrarán con puertas dobles de seguridad contra incendio y cierre automático.

Análisis: La velocidad de propagación horizontal de un incendio es mucho menor que la vertical. Si el penacho encuentra un camino para subir, opta por esto en vez de moverse horizontalmente. Este control es importante para separar sectores de riesgos muy disímiles, como por ejemplo un depósito del área de producción, o el área de servicios de un hospital del área de pacientes. La idea es que el incendio quede confinado a un sector por un determinado tiempo (Resistencia al Fuego) y no se mueva ni hacia arriba ni hacia los laterales, evitando de esta manera la propagación.

La función de un muro cortafuego, definido en el inciso 1.7 del Anexo VII, es precisamente separar los sectores de incendio. Las puertas resistentes al fuego de doble contacto y cierre automático son para cerrar las aberturas horizontales del sector de incendios. Un medio de escape no necesita de una puerta resistente al fuego, salvo la que comunica el sector de incendios.

1.7. Muro cortafuego: Muro construido con materiales de resistencia al fuego, similares a lo exigido al sector de incendio que divide. Deberá cumplir asimismo con los requisitos de resistencia a la rotura por compresión, resistencia al impacto, conductibilidad térmica, relación, altura, espesor y disposiciones constructivas que establecen las normas respectivas.
En el último piso el muro cortafuego rebasará en 0,50 metros por lo menos la cubierta del techo más alto que requiera esta condición. En caso de que el local sujetó a esta exigencia no corresponda al último piso, el muro cortafuego alcanzará desde el solado de esta planta al entrepiso inmediato correspondiente.
Las aberturas de comunicación incluidas en los muros cortafuego se obturarán con puertas dobles de seguridad contra incendio (una a cada lado del muro) de cierre automático.
La instalación de tuberías, el emplazamiento de conductos y la construcción de juntas de dilatación deben ejecutarse de manera que se impida el paso del fuego de un ambiente a otro.

3. Los sectores de incendio se separarán entre sí por pisos, techos y paredes resistentes al fuego y en los muros exteriores de edificios, provistos de ventanas, deberá garantizarse la eficacia del control de propagación vertical.

Análisis: Todo lo que compone el límite de un sector de incendios debe tener al menos la misma resistencia al fuego que la necesaria para el sector involucrado. Si el sector de incendios necesita de un F60, las puertas, ventanas y todo elemento de comunicación al exterior, también de debe ser como mínimo F60. De nada sirve una puerta F30 para un sector F60, porque a los 30 minutos la puerta deja de funcionar como puerta y posiblemente permita el ingreso o salida de gases y humo.

4. Todo sector de incendio deberá comunicarse en forma directa con un medio de escape, quedando prohibida la evacuación de un sector de incendio a través de otro sector de incendio.

Análisis: Hay una premisa que debe cumplir todo sector, sea éste del tipo funcional o sector de incendios, y es que sea evacuable, y para eso necesita, entre otras cosas, de una vía de comunicación directa con un medio de escape, más allá que funcionalmente varios sectores puedan estar comunicados entre sí por cuestiones operativas.

Ing. Néstor Adolfo BOTTA

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