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RESOLUCIÓN 305/2002
Extensión Licencias-Permiso habilitantes para el ejercicio de las actividades de caza y pesca tanto deportiva como comercial en todas sus modalidades.
SANTA FE, 11 de diciembre de 2002 VISTO: El expediente Nº 00101 – 0117700 – 6 del Registro del Sistema de Información de Expedientes,y CONSIDERANDO: Que entre 89 y el 99% de los infractores de los últimos cinco (5) años están considerados como deudores morosos en los registros de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, ya que no han sido abonadas las sanciones pecuniarias impuestas como sanción a aquellos que han infringido las normativas vigentes en materia de caza, pesca y comercialización de sus productos. Que sin perjuicio de las gestiones administrativas y/o judiciales para obtener de las sanciones pecuniarias mencionadas en el considerando precedente, es menester adoptar medidas conducentes que aseguren la real efectividad de dichas sanciones; Que permitir a los infractores que adeudan sus multas continuar ejerciendo la actividad, constituye una clara situación de inequidad para con aquellos que cumplen con la normativa vigente o abonan en tiempo y forma los importes de las multas aplicadas; Que las competencias en la materia proceden de la Ley 11.220, el Decreto 1550/96, la Ley 11.717, el Decreto 2013/01; POR ELLO: EL SECRETARIO DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE RESUELVE: ARTÍCULO 1.- A partir de la vigencia de la presente normativa no se extenderán Licencias-Permiso habilitantes para el ejercicio de las actividades de caza y pesca tanto deportiva como comercial en todas sus modalidades; acopio, curtido e industrialización de productos de la fauna silvestre; tallerista y/o confeccionista; acopio de pescado; vendedor minorista de pescado; comedor de pescado y toda otra actividad relacionada a crearse en el futuro, a las personas físicas o jurídicas que registren deudas en concepto de multas originadas en infracciones a la normativa vigente sobre dichas actividades. ARTÍCULO 2.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
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