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Resolución 527/2000

MINISTERIO DE SALUD


 

RIESGO QUÍMICO

SALUD PUBLICA

Del 7/7/2000

Oficializase el Programa de Riesgos Químicos de la Dirección de Promoción y Protección de la Salud. Dispónese la continuidad del Plan Nacional de Gestión de Sustancias Químicas.

VISTO:
el Expediente N° 2002-7441/00-4 del registro de este Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que los riesgos químicos constituyen un eje indiscutible de trabajo en el contexto de promocionar y mantener la salud y prevenir la enfermedad y que son sujetos a intervenciones propias del sector salud para disponer o recomendar su regulación a través de acciones de eliminación, limitación, aislación, información y protección de población real o potencialmente expuesta.
Que se entiende que los riesgos químicos constituyen un factor fundamental a tener en cuenta en países con economías en transición, para la conservación y preservación de la salud humana y de los recursos naturales, siendo su forma de gestión un indicador del grado de desarrollo de país.
Que el país signatario del documento final de la Reunión Cumbre de la Tierra (Agenda 21) y adhiere a su espíritu y contenidos, y considera las metas de Capítulo 191 objetivo teórico de una gestión sustentable de sustancias químicas en el país.
Que la DIRECCION DE PROMOCION Y PROTECCION DE LA SALUD a través del área de Riesgos Químicos ha venido trabajando en temas de prevención de riesgos por sustancias químicas y en la organización de un Foro Intersectorial de Gestión Ecológicamente Racional de Sustancias Químicas, según líneas de acción previstas en la Agenda 21.
Que entendiendo la obligatoria intersectorial y multidisciplinariedad que exige el tema, las acciones han sido (y deberán seguir siendo) coordinadas con otras áreas gubernamentales y no gubernamentales con intereses, misiones y funciones en el tema.
Que se ha llevado a cabo una Reunión Nacional para el establecimiento de Prioridades en la Gestión de Sustancias Químicas en Argentina (UNITAR – NACIONES UNIDAS, MINISTERIO DE SALUD, Septiembre de 1997) de la cual emanaron conclusiones y ejes temáticos que constituyen antecedentes de peso para esta Resolución.
Que se ha organizado un Plan nacional de Sustancias Químicas que se estructura formalmente a través de Equipo de Trabajo Técnico que cuentan entre sus miembros a representantes de otros sectores del PODER EJECUTIVO y organismos no gubernamentales, y entre sus temas de trabajo:

1) la respuesta a emergencias y urgencias toxicológicas
2) el derecho a saber (comunicación de riesgos)
3) sustancias cancerígenas y trabajo
4) compuestos orgánicos persistentes
5) evaluación de factores de vulnerabilidad en población expuesta a pesticidas
6) harmonización de la legislación y su cumplimiento
7) Disruptores Endócrinos

Que se ha realizado un Perfil Nacional de Gestión de Sustancias Químicas, ampliamente difundido por vía de publicación escrita, de página Web en Internet (UNITAR, NACIONES UNIDAS) y en formato electrónico básico.
Que desde entonces se han generado procesos facilitando la identificación de actores, coordinado actividades, organizado cursos y talleres, participado en foros internacionales, obtenido fondos para financiar proyectos, estructurado un sistema de trabajo que puede servir de base para el desarrollo de esquemas similares en algunos países de la región.
Que se han obtenido evaluaciones de gestión favorables desde NACIONES UNIDAS y otras organizaciones externas, que constan como antecedentes de la firma de la presente resolución.
Que se ha elaborado material de información, diagnóstico y proyectos de investigación.
Que se ha interesado y motivado a las jurisdicciones a través de talleres regionales para constituir mecanismos de acción intersectorial de similares características.
Que algunas actividades realizadas han tenido repercusión internacional y fueron presentadas en la 3° Reunión Intersesional del Foro Intergubernamental de Seguridad Química.
Que se hace necesario dar cabida estructural al desarrollo de acciones que han tenido a mejorar el problema de la gestión de químicos en el país.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD RESUELVE:

Artículo 1º) Oficialícese el PROGRAMA DE RIESGOS QUIMICOS de la DIRECCION DE PROMOCION Y PROTECCION DE LA SALUD dependiente la SUBSECRETARIA DE ATENCION PRIMARIA DE LA SALUD.

Artículo 2º) Reasignase al Programa a los siguientes agentes, actualmente en funciones en la DIRECCION DE PROMOCION Y PROTECCION DE LA SALUD:

1) DOCTORA Da. Ana DIGON – Legajo N° 95.336 (COORDINADORA).
2) LICENCIADA Da. Inés MORENO – Legajo N° 95.092.
3) LICENCIADA Da. Sonia SAGARDOYBURU – Legajo N° 109.839.
4) LICENCIADA Da. Alejandra BONADE – Legajo N° 109.851.

Artículo 3º) Dispónese la continuidad del PLAN NACIONAL DE GESTION DE SUSTANCIAS QUIMICAS que coordina dicho Programa. Por ello, créase el FORO PERMANENTE ASESOR para la GESTION ECOLOGICAMENTE RACIONAL DE SUSTANCIAS QUIMICAS, a través de la cual se dé cabida oficial a la estructura del EQUIPO NACIONAL COORDINADOR que viene trabajando intersectorial y mancomunadamente desde el año 1996.

Artículo 4º) Exclúyase de sus competencias los temas relacionados con medicamentos, alimentos y sustancias químicas de origen natural.

Artículo 5º) Invítense a las siguientes áreas a ratificar la participación de actores extrasectoriales que actualmente conforman el Equipo Nacional Coordinador:

1) ACCION DEL CONSUMIDOR (ADELCO).
2) DIRECCION NACIONAL DE ADUANAS.
3) ASOCIACION TOXICOLOGICA ARGENTINA (ATA).
4) CAMARA DE LA INDUSTRIA QUIMICA Y PETROQUIMICA.
5) CAMARAS DE EMPRESAS ASOCIADAS A LA PRODUCCION DE AGROQUIMICOS.
6) DIRECCION DE ASUNTOS AMBIENTALES (CANCILLERIA NACIONAL).
7) FACULTAD DE FARMACIA Y BIOQUIMICA CATEDRA DE TOXICOLOGIA Y QUIMICA LEGAL (UBA).
8) GREENPEACE.
9) INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI).
10) INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA (INTA).
11) INSTITUTO NACIONAL DE AGUA Y EL AMBIENTE (INA).
12) SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO.
13) SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE.
14) SECRETARIA DE TRABAJO.
15) SENASA.
16) SINDICATO DE LUZ Y FUERZA.
17) SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA QUIMICA Y PETROQUIMICA.

Artículo 6º) Facultase el Foro Permanente para convocar a cualquier otro que, por motivación o competencia en temas relacionados, temporal o permanentemente, pueda aportar al interés del grupo.

Artículo 7º) De Forma.

 
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