Resolución 527/2000
MINISTERIO DE SALUD
RIESGO QUÍMICO
SALUD PUBLICA
Del 7/7/2000
Oficializase el Programa de Riesgos Químicos de la Dirección de
Promoción y Protección de la Salud. Dispónese la continuidad del Plan
Nacional de Gestión de Sustancias Químicas.
VISTO: el Expediente N° 2002-7441/00-4 del registro de este
Ministerio, y CONSIDERANDO: Que los riesgos químicos constituyen un
eje indiscutible de trabajo en el contexto de promocionar y mantener la
salud y prevenir la enfermedad y que son sujetos a intervenciones propias
del sector salud para disponer o recomendar su regulación a través de
acciones de eliminación, limitación, aislación, información y protección
de población real o potencialmente expuesta. Que se entiende que los
riesgos químicos constituyen un factor fundamental a tener en cuenta en
países con economías en transición, para la conservación y preservación de
la salud humana y de los recursos naturales, siendo su forma de gestión un
indicador del grado de desarrollo de país. Que el país signatario del
documento final de la Reunión Cumbre de la Tierra (Agenda 21) y adhiere a
su espíritu y contenidos, y considera las metas de Capítulo 191 objetivo
teórico de una gestión sustentable de sustancias químicas en el
país. Que la DIRECCION DE PROMOCION Y PROTECCION DE LA SALUD a través
del área de Riesgos Químicos ha venido trabajando en temas de prevención
de riesgos por sustancias químicas y en la organización de un Foro
Intersectorial de Gestión Ecológicamente Racional de Sustancias Químicas,
según líneas de acción previstas en la Agenda 21. Que entendiendo la
obligatoria intersectorial y multidisciplinariedad que exige el tema, las
acciones han sido (y deberán seguir siendo) coordinadas con otras áreas
gubernamentales y no gubernamentales con intereses, misiones y funciones
en el tema. Que se ha llevado a cabo una Reunión Nacional para el
establecimiento de Prioridades en la Gestión de Sustancias Químicas en
Argentina (UNITAR – NACIONES UNIDAS, MINISTERIO DE SALUD, Septiembre de
1997) de la cual emanaron conclusiones y ejes temáticos que constituyen
antecedentes de peso para esta Resolución. Que se ha organizado un Plan
nacional de Sustancias Químicas que se estructura formalmente a través de
Equipo de Trabajo Técnico que cuentan entre sus miembros a representantes
de otros sectores del PODER EJECUTIVO y organismos no gubernamentales, y
entre sus temas de trabajo:
1) la respuesta a emergencias y urgencias toxicológicas
2) el derecho a saber (comunicación de riesgos) 3)
sustancias cancerígenas y trabajo 4) compuestos orgánicos
persistentes 5) evaluación de factores de vulnerabilidad en
población expuesta a pesticidas 6) harmonización de la
legislación y su cumplimiento 7) Disruptores Endócrinos
Que se ha realizado un Perfil Nacional de Gestión de Sustancias
Químicas, ampliamente difundido por vía de publicación escrita, de página
Web en Internet (UNITAR, NACIONES UNIDAS) y en formato electrónico
básico. Que desde entonces se han generado procesos facilitando la
identificación de actores, coordinado actividades, organizado cursos y
talleres, participado en foros internacionales, obtenido fondos para
financiar proyectos, estructurado un sistema de trabajo que puede servir
de base para el desarrollo de esquemas similares en algunos países de la
región. Que se han obtenido evaluaciones de gestión favorables desde
NACIONES UNIDAS y otras organizaciones externas, que constan como
antecedentes de la firma de la presente resolución. Que se ha elaborado
material de información, diagnóstico y proyectos de investigación. Que
se ha interesado y motivado a las jurisdicciones a través de talleres
regionales para constituir mecanismos de acción intersectorial de
similares características. Que algunas actividades realizadas han
tenido repercusión internacional y fueron presentadas en la 3° Reunión
Intersesional del Foro Intergubernamental de Seguridad Química. Que se
hace necesario dar cabida estructural al desarrollo de acciones que han
tenido a mejorar el problema de la gestión de químicos en el país. Que
la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su
competencia. Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD RESUELVE:
Artículo 1º) Oficialícese el PROGRAMA DE RIESGOS QUIMICOS de la
DIRECCION DE PROMOCION Y PROTECCION DE LA SALUD dependiente la
SUBSECRETARIA DE ATENCION PRIMARIA DE LA SALUD.
Artículo 2º) Reasignase al Programa a los siguientes agentes,
actualmente en funciones en la DIRECCION DE PROMOCION Y PROTECCION DE LA
SALUD:
1) DOCTORA Da. Ana DIGON – Legajo N° 95.336 (COORDINADORA).
2) LICENCIADA Da. Inés MORENO – Legajo N° 95.092. 3)
LICENCIADA Da. Sonia SAGARDOYBURU – Legajo N° 109.839. 4)
LICENCIADA Da. Alejandra BONADE – Legajo N° 109.851.
Artículo 3º) Dispónese la continuidad del PLAN NACIONAL DE
GESTION DE SUSTANCIAS QUIMICAS que coordina dicho Programa. Por ello,
créase el FORO PERMANENTE ASESOR para la GESTION ECOLOGICAMENTE RACIONAL
DE SUSTANCIAS QUIMICAS, a través de la cual se dé cabida oficial a la
estructura del EQUIPO NACIONAL COORDINADOR que viene trabajando
intersectorial y mancomunadamente desde el año 1996.
Artículo 4º) Exclúyase de sus competencias los temas
relacionados con medicamentos, alimentos y sustancias químicas de origen
natural.
Artículo 5º) Invítense a las siguientes áreas a ratificar la
participación de actores extrasectoriales que actualmente conforman el
Equipo Nacional Coordinador:
1) ACCION DEL CONSUMIDOR (ADELCO). 2) DIRECCION
NACIONAL DE ADUANAS. 3) ASOCIACION TOXICOLOGICA ARGENTINA
(ATA). 4) CAMARA DE LA INDUSTRIA QUIMICA Y PETROQUIMICA.
5) CAMARAS DE EMPRESAS ASOCIADAS A LA PRODUCCION DE
AGROQUIMICOS. 6) DIRECCION DE ASUNTOS AMBIENTALES (CANCILLERIA
NACIONAL). 7) FACULTAD DE FARMACIA Y BIOQUIMICA CATEDRA DE
TOXICOLOGIA Y QUIMICA LEGAL (UBA). 8) GREENPEACE. 9)
INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI). 10)
INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA (INTA). 11)
INSTITUTO NACIONAL DE AGUA Y EL AMBIENTE (INA). 12)
SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO. 13) SECRETARIA DE MEDIO
AMBIENTE. 14) SECRETARIA DE TRABAJO. 15) SENASA.
16) SINDICATO DE LUZ Y FUERZA. 17) SINDICATO DE
TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA QUIMICA Y PETROQUIMICA.
Artículo 6º) Facultase el Foro Permanente para convocar a
cualquier otro que, por motivación o competencia en temas relacionados,
temporal o permanentemente, pueda aportar al interés del grupo.
Artículo 7º) De
Forma.
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