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Resolución 523/1999 CONTRATACIONES DEL ESTADO
SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA Determinase los requisitos esenciales y las exigencias de calidad, seguridad y cuidado al medio ambiente que deberán alcanzar los bienes, obras y servicios, en todas las contrataciones que regula la Ley del Sistema de Contrataciones del Sector Público Nacional. Bs. As., 3/8/99 VISTO: EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA RESUELVE: Artículo 1º) En todas las contrataciones que regula la Ley del Sistema de Contrataciones del Sector Público Nacional, el organismo contratante deberá exigir los requisitos mínimos de calidad que deberán cumplimentar los bienes, obras y servicios para satisfacer las necesidades definidas en cada caso en particular. Artículo 2º) Los requisitos del Artículo 1º se darán por cumplidos cuando se presenten las certificaciones de cumplimiento de las normas vigentes otorgadas por organismos acreditados por el Organismo Argentino de Acreditación en el marco del Sistema Nacional de Normas, Calidad y Certificación establecido por el Decreto Nº 1474 del 23 de agosto de 1994. Artículo 3º) El cumplimiento de los requisitos de calidad no exime a los proveedores y contratistas de las responsabilidades por los daños que los bienes, obras y servicios puedan producir. Artículo 4º) (Derogado por Art. 1° de la Resolución N° 356/2000 de la Secretaría de Industria, Comercio y Minería, B.O. 21/7/2000) Artículo 5º) En cada contrato se determinarán los procedimientos y sanciones en el caso de incumplimientos de los requisitos de calidad por parte de los proveedores y contratistas. Artículo 6º) La presente Resolución tendrá vigencia a partir del 1º de julio del año 2000. Artículo 7º) Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alieto A. Guadgni. |
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