2 comentarios en «Noticia sobre Suspensión de la Resolución SRT 905/2015»

  1. Buen dia, veo la nota emitida por la camara, pero la resolución figura en todos lados como vigente, la unica forma de determinar que no aplica, es si es publicado en el boletin oficial, ¿hay algo al respecto?, dado que en caso de una demanda, inspeccion o juicio, la resolucion esta vigente y es de pleno cumplimiento, no importando lo que este en una noticia.
    creo que es importante comentar esto en la apertura de la nota, para no generar falsas acciones y que algun profesional incurra en mala praxis, per estar mal informado.

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